Proximamente sera publicada en el DOCV, entrando hoy 6 de junio en vigor.
Como novedades a destacar se incorporan las siguientes:
- No hay obligación de disfrutar las vacaciones en periodo estival, solo se establece que sea preferente, al menos 10 días.
- Se podrán disfrutar las vacaciones hasta el día 31 de enero del año siguiente.
- El plazo de solicitud de las vacaciones en periodo estival sera en la segunda quincena de mayo, y fuera de este periodo con un mes de antelación.
- 7 días de los 22 de vacaciones se podrán disfrutar de forma individual, con el mismo criterio que los días de asuntos propios.
- Los festivos que caigan en sábado se compensaran con días de asuntos propios, hasta un máximo de 2, con lo que este año tendremos 2 días mas.
- Los dias de asuntos propios se podran acumular a cualquier periodo vacacional.
También se solicito por parte de este sindicato la incorporación de un día mas de asuntos propios por las fiestas de Fallas, Magdalena y San Juan, al igual que disfruta el personal del Consell.
Accede a los documentos:
Resolución aprobando la instrucción.
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