El pasado 29 de julio se firmó en la Mesa General de Negociación de personal funcionario, estatutario y laboral de la Generalidad Valenciana (MGN I) un Acuerdo entre la Consellera de Justicia, Gabriela Bravo y los sindicatos CCOO, CSI-F y UGT. Un Acuerdo que, en síntesis y como especifica la exposición de motivos, pretende: “delimitar el marco de la negociación colectiva para su posterior concreción en cada ámbito sectorial propio, con el fin de armonizar las condiciones esenciales de trabajo y retributivas, los procesos de estabilización de empleo público temporal, así como las medidas específicas en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral”.
Para Intersindical Valenciana, el acuerdo
vulnera las competencias en materia de negociación colectiva de la Mesa General
de Negociación de personal funcionario y estatutario (MGN II), de las Mesas
Sectoriales y de los Comités de Empresa de personal laboral de la Generalitat ; además
de otorgar a la MGN I una posición de supremacía jerárquica respecto al resto
de órganos de negociación colectiva que no le corresponde.
Cabe señalar que la
estructura de la negociación colectiva en el ámbito de personal de la
Generalitat Valenciana, es una estructura horizontal regida el principio de
competencia, en la que cada órgano de negociación colectiva, dentro de su marco
competencial, goza de plena autonomía para decidir las materias objeto de
negociación colectiva y su alcance. Por tanto, la MGN I no tiene la
potestad de delimitar el marco de la negociación colectiva para su posterior
concreción en cada ámbito sectorial.
A la vista de esta
delimitación de las competencias de la MGN I, se desprende que varios apartados
del Acuerdo, como son los de la lucha contra la brecha salarial, la negociación
de los criterios generales para el acceso al empleo pública en los diferentes
sectores de la Generalitat y la revisión de los Planes de Igualdad, por su
talante específico y sectorial, no afectan a todo el personal y, por tanto, no
conforman el marco competencial de la Mesa General de Negociación común para
personal funcionario y laboral: deberán ser pactados en cada subámbito, ya sea
en el funcionarial, ya sea en el laboral.
Por ello Intersindical Valenciana ha
formalizado ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa el
correspondiente recurso contra varios apartados del Acuerdo, por
considerar que se están vulnerando las competencias en materia de negociación
colectiva en el ámbito de personal funcionario y estatutario que ostenta la MGN
II y, en consecuencia, el derecho a la libertad sindical de la Intersindical
Valenciana en su vertiente de participación en la negociación colectiva y en la
determinación de las condiciones laborales del personal funcionario y
estatutario.
Para Intersindical Valenciana este Acuerdo
es un acto fallido que revela la pretensión de la Consellera Gabriela Bravo y
algunos sindicatos: acabar con la pluralidad sindical y la voluntad de las
trabajadoras y trabajadores de la Generalitat manifestada en las urnas,
constituyendo, de facto, un oligopolio de participación institucional y
sindical que controle la negociación colectiva. Una pretensión que se
inició con la exclusión de la Intersindical Valenciana, el sindicato
mayoritario en personal funcionario y estatutario, de la MGN I, la amortización
de la MGN II de personal funcionario y estatutario que no ha sido convocada
desde su constitución en octubre de 2019 y ahora, por último, con este acuerdo
que pretende otorgar a la MGN I una posición supremacista en la negociación
colectiva sin apoyo legal alguno.
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