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sábado, 18 de abril de 2020

TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA VALENCIANA

En la última resolución del Ministerio de Justicia desarrolla varias modalidades de prestación de servicio y entre ellas distingue la modalidad del teletrabajo por el personal que voluntariamente pueda prestarlo con dispositivos personales desde su domicilio. Consultada la Dirección General de Justicia sobre el tema, nos remite a la Resolución del Ministerio.

Los Letrados han empezado a ofrecer esta modalidad de trabajo a sus funcionarios, pero quedan muchas cuestiones que no se han aclarado, ni por parte de la Dirección General de Justicia, ni por parte del Ministerio.

A pesar de estas lagunas, sí que podemos definir algunas cuestiones.

-   El teletrabajo es totalmente voluntario, y el que ofrece los medios es el propio personal.
-   Tal y como dice la resolución del Ministerio, debe atender, al igual que la presencial, la totalidad de las funciones ordinarias correspondientes al puesto de trabajo, en la medida en que lo permitan los medios disponibles. Al no disponer de expediente digital, pocas tareas serán posibles realizar sin acceso al expediente completo.
-    Serán los LAJs los que podrán designar el número de personal que atiende las modalidades de prestación de servicio, sea en  teletrabajo, presencialmente y en régimen de  disponibilidad.

Desde Intersindical Justicia  consideramos que la implantación del teletrabajo debe ser negociada con las organizaciones sindicales, además debe de poder optar a ella voluntariamente todo las personas  que trabajan en la Administración de Justicia, con los medios propios de la Administración, ya que de no ser así se produciría una discriminación de unos trabajadores sobre otros, atendiendo a la capacidad de adquisición de equipos, o velocidad de acceso a las redes.

Como es ya tradicional en esta Administración, llegamos tarde a todos los adelantos y posibilidades tecnológicas que hoy en día están al alcance todas las Administraciones y empresas de nuestro entorno. En pleno siglo XXI  carecemos de un programa de gestión procesal que integre todas las necesidades de comunicación que en estas circunstancias habrían sido esenciales.

Esperamos que si de algo debe servir esta situación excepcional, sirva para que desde los distintos gobiernos, incluido el de los jueces, vean la necesidad de adaptar la Administración de Justicia a la sociedad en la que vivimos.

COMUNICACIÓN ACCESO AL TELETRABAJO

REGISTRO CIVIL INFOREG

GUIA DE CONEXIÓN REMOTA 

TELETRABAJO EN LA GENERALITAT

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