La fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal, ha
remitido una circular a todas las fiscalías ante la entrada en vigor de
la reforma del Código Penal para fijar las pautas para la persecución de
los delitos leves. Entre otros puntos, establece los delitos sobre los
que no se podrá instar el archivo pese a que la víctima no quiera seguir
con el procedimiento, como la ocupación de viviendas o la violencia
física y psíquica en el seno familiar.
Dichas pautas de actuación son necesarias debido a que
una parte de las actuales infracciones de carácter leve queda
despenalizada y a partir del proximo 1 de julio serán sancionadas en la
vía administrativa civil, mientras que el resto quedan incluidas en el
Código Penal y asimiladas a las características del juicio de faltas.
Según una nota remitida este miércoles por la Fiscalía
General del Estado, la novedad que supone la introducción de principio
de oportunidad reglada y la necesidad de determinar en cada caso si se
trata o no de un delito leve, ha motivado la fijación de criterios
mediante circular, con el fin de que los fiscales sepan cómo actuar en
cada caso.
La circular, de 50 páginas, señala por ejemplo el modo de
actuar de la acusación pública cuando existan delitos leves que afectan
al patrimonio público o a bienes jurídicos personales.
JUICIO DE OPORTUNIDAD
Así, se indica a los fiscales que el archivo por razones
de oportunidad sólo se solicitará si ninguna víctima denuncia o
manifiesta un interés explícito en la persecución del hecho, salvo en
aquellos casos en que su postura "se pueda estimar infundada, irracional
o arbitraria".
Se les recuerda también que cuando la víctima manifieste
en el atestado policial o en el juzgado su deseo de no ser citada a
juicio o su voluntad de que el procedimiento no siga adelante, "se
interesará el archivo por motivos de oportunidad, salvo que subsista un
interés público".
No obstante, no se solicitará el archivo por motivos de
oportunidad de los procedimientos incoados por actos de violencia física
y psíquica cometidos en el núcleo de convivencia familiar, salvo casos
excepcionales.
Tampoco se solicitará el archivo por motivos de
oportunidad de los procedimientos incoados por delitos leves de
detención ilegal , contra el patrimonio histórico, de falsedad
documental, contra la Administración Pública (art. 406 CP (LA LEY 3996/1995)) y contra la Administración de Justicia.............
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