dimecres 18 novembre 2020 09:33 h
PLAZO TOMA POSESIÓN: 20 DÍAS HÁBILES.
PERMISO ANTES TOMA DE POSESIÓN RETRIBUIDA:
Los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia si su destino como funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial radica en este ámbito territorial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.
-1 DÍA : MISMA LOCALIDAD
-2 DÍAS : DISTINTA LOCALIDAD
-3 DÍAS CANARIAS, BALEARES, CEUTA O MELILLA.
CESE INTERINOS
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el día inmediatamente anterior al que se produzca la toma de posesión del titular.
Otras comunidades:
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