viernes, 21 de marzo de 2025

ACLARACIÓN LIBRANZA GUARDIAS.

 Como comunicamos el día de ayer, se ha producido una modificación de la Resolución de 5 de diciembre de 1996, que dicta instrucciones y regula los horarios y las libranzas de las guardias. 

Durante el día de hoy, por algún sindicato se ha difundido información al respecto sin que exista constancia alguna de la interpretación de la Dirección General.

La Subdirectora General de Justicia (de la que dependen las tres Unidades Administrativas) no ha dado instrucción alguna al respecto. El Coordinador de las mismas tampoco. 

INTERSINDICAL, se ha puesto en contacto tanto con la Subdirectora General de Justicia como con personal de las Unidades Administrativas y se nos ha comunicado lo siguiente: "que en un principio hasta que se pronuncien, las libranzas seguirán como hasta el momento y en breve se darán instrucciones". 

Hasta el momento se podía librar cualquier día hasta la próxima guardia, en cambio ahora la Resolución fija en el plazo máximo de 3 días a contar desde la finalización de la guardia.

Estamos a la espera de que las Unidades Administrativas se pronuncien al respecto, por lo que recomendamos cautela. 



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