VACACIONES Y PERMISOS



VACACIONES:

  • 22 Días hábiles, más los adicionales por antigüedad:
    •     Con 15 años de antigüedad: 23 días
    •     Con 20 años de antigüedad: 24 días
    •     Con 25 años de antigüedad: 25 días
    •     Con 30 años o más de antigüedad: 26 días
  • 7 pueden disfrutarse sueltos, como si fuesen días de permiso. El resto hay que pedirlos en periodos mínimos de 7 días naturales consecutivos.
  • Se pueden disfrutar hasta el 31 de enero del año siguiente.
  • 10 días deberán disfrutarse preferentemente en el periodo del 1 de Junio al 30 de Septiembre.
  • Personal interino: parte proporcional al tiempo de servicio, redondeado al alza:


PERMISOS POR ASUNTOS PARTICULARES:

  • 9 Días hábiles, más los adicionales por antigüedad:
    •     Con 6 trienios: 2 días adicionales
    •     Con 8 trienios o más: 1 día adicional
  •  Si los días 24 y 31 de diciembre coinciden en festivo, sábado o día no laborable, se compensarán con 2 días adicionales
  • Si alguna festividad cae en sábado, se añadirán un máximo de 2 días más
  • Personal interino: parte proporcional al tiempo de servicios efectivos prestados, redondeado al alza:



DÍAS ADICIONALES POR ANTIGÜEDAD

VACACIONES

ASUNTOS PROPIOS

AÑOS

DÍAS ADICIONALES

TRIENIOS

DÍAS ADICIONALES

15

1

6

2

20

2

7

0

25

3

8

1

30

4

Cada nuevo trienio

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