La Dirección General de Justicia en resolución, ha acordado que los días de jornada reducida, correspondientes a la Semana Santa serán los días 22, 23, 24, y 25 de abril.
En dicha resolución, establece la obligatoriedad de respetar lo dispuesto en el art. 135.1 de la LEC, sobre la presentación de escritos sometidos a término.
No hay comentarios:
Publicar un comentario