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lunes, 22 de octubre de 2012

CONTESTACIÓN DE LA DEFENSORA DEL PUEBLO


Estimado Sr./Sra.:
Damos respuesta a su solicitud para que por esta Institución se interponga recurso de inconstitucionalidad contra varios artículos del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competividad, en uso de la legitimación que le confiere el artículo 162.1.a) de la Constitución y el artículo 32.1 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal  Constitucional.

A este respecto, le informamos que la Defensora del Pueblo, oída la Junta de Coordinación y Régimen Interior, en su reunión del 15 de octubre de 2012, ha  resuelto no hacer uso de dicha legitimación constitucional, adoptando la resolución que  puede consultar íntegramente en el portal web de esta Institución:

www.defensordelpueblo.es
Por otro lado, queremos informarle de que el estudio del Real Decreto-ley  20/2012, de 13 de julio, ha dado lugar a una serie de RECOMENDACIONES de  alcance general sobre diversas materias que la Defensora del Pueblo ha dirigido hoy  mismo a los responsables de varios departamentos del Gobierno. Estas  recomendaciones hacen referencia a algunas de las cuestiones por usted planteadas y a  otras razones de impugnación manifestadas por varias personas y colectivos ciudadanos.
El hecho de haberse recibido un número muy elevado de solicitudes como la  suya hace extremadamente difícil y costoso notificar por conducto ordinario postal el contenido de la resolución referida a su solicitud, lo que ha llevado a esta Institución a acudir a esta forma de notificación electrónica. En la misma página web institucional puede consultar, si lo desea, el comunicado especial sobre las recomendaciones  mencionadas en el párrafo anterior.
Le saluda muy atentamente,


Soledad Becerril


      Defensora del Pueblo
Información y Registro
Calle Zurbano, 42 - 28010 Madrid
Tel: (+34) - 91 432 79 00     Fax: (+34) - 91 308 11 58

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