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lunes, 19 de septiembre de 2011

INSTRUCCIÓN SOBRE EL DISFRUTE DE VACACIONES DE LOS FUNCIONARIOS INTERINOS

Previsiblemente, la resolución definitiva del concurso de traslados convocado por Orden de 28 de abril de 2011, se producira en el mes de octubre, debido a ello, el disfrute de vacaciones del personal interino afectado por la resolución de dicho concurso, debera tener lugar antes de la finalización de dicho mes de octubre y, en cualquer caso, antes de la fecha de cese como inteerinos.
La Dirección General de Justicia, avisa que no procedera abonar retribuciones por no disfrutar dichas vacaciones.
Las vacaciones se ajustarán a los dispuesto en la Instrucción de 15 de noviembre de 2007 (DOCV. 14.2.2008).
Accede a la Instrucción de la Dirección General de Justicia 

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