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martes, 18 de enero de 2022

MÁS PLAZO PARA COBRAR LA EXTRA POR JUBILACIÓN

El Supremo anula los seis meses para pedir el subsidio, cuyo abono se podrá solicitar durante cinco años.

El Tribunal Supremo ha anulado el plazo de seis meses para solicitar el subsidio por jubilación que tienen los funcionarios de Justicia recogido en el artículo 103.3 del Reglamento del Mutualismo Judicial. El recurso tiene su origen en la solicitud de un fiscal que, tras cumplir la edad de jubilación, continuó ejerciendo sus funciones como emérito. Al finalizar, reclamó el subsidio, que fue denegado por la Gerencia de la Mutualidad General Judicial al considerar que la petición había sido presentada después de los seis meses desde la jubilación.

viernes, 24 de diciembre de 2021

EL SUPREMO RECONOCE A LOS PADRES EL COMPLEMENTO DE MATERNIDAD CON LA JUBILACIÓN

 

El Supremo reconoce que los padres también tienen derecho a recibir un complemento de maternidad con la jubilación.




Estima un recurso de la Fiscalía contra una sentencia que validó la decisión de Hacienda de privar a un hombre del cobro del complemento.

·     El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de los padres jubilados a cobrar un complemento de maternidad en igualdad de condiciones que las madres. En una sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado el recurso interpuesto por la Fiscalía contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que confirmó la denegación a un hombre del cobro del complemento de maternidad de la pensión de jubilación alegando que no se había vulnerado ningún derecho fundamental.

martes, 28 de abril de 2020

La jubilación en Clases Pasivas no ha cambiado

La jubilación en Clases Pasivas no ha cambiado

Ante la confusión creada por la publicación el pasado 22 de abril del Real Decreto Ley 15/2020 (y, en concreto las disposiciones adicionales 5, 6, 7 y 8), INTERSINDICAL JUSTICIA quiere aclarar que en ningún momento se desprende que las condiciones de jubilación en clases pasivas para el funcionariado de carrera de antes del 1 de enero de 2011 se modifican o alteran.

Las disposiciones adicionales sólo hacen referencia a prestaciones ya reconocidas por actos de terrorismo, VIH, actos de guerra, etc., los cuales serán abonados, desde la entrada en vigor de este RDL por la Seguridad Social.

Lo que se modifica es la gestión, que se transfiere a la Seguridad Social.No afecta, por tanto, al derecho sustantivo, sino a la tramitación.

jueves, 24 de enero de 2019

TIPOS DE JUBILACIÓN CLASES PASIVAS

La jubilación de los funcionarios podrá ser:
  • Forzosa, al cumplir la edad legalmente establecida
  • Por la declaración de incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones propias de su cuerpo o escala
  • Voluntaria, a solicitud del funcionario

JUBILACIÓN FORZOSA POR EDAD

La jubilación forzosa de los funcionarios públicos se declara de oficio al cumplir 65 años de edad, con las siguientes excepciones:
  • Funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios: a los 70 años, pudiendo optar por jubilarse a la finalización del curso académico en que hubieran cumplido dicha edad.
  • Magistrados, Jueces, Fiscales y Letrados de la Administración de Justicia se jubilan forzosamente a los 70 años.
  • Registradores de la Propiedad ingresados antes de 1-1-2015: a los 70 años
Los funcionarios civiles de la Administración General del Estado y de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de ella podrán optar por la prolongación de la permanencia en el servicio activo hasta que cumplan, como máximo, los setenta años de edad, de acuerdo con el siguiente procedimiento:
  • Se inicia a solicitud del interesado mediante escrito dirigido al órgano de jubilación, del que dará cuenta a la jefatura de personal del centro donde está destinado, y que deberá presentarse con al menos dos meses de anticipación al cumplimiento de la edad de jubilación forzosa. Dicha solicitud comportará automáticamente la no iniciación del procedimiento de jubilación forzosa, o la suspensión del mismo si ya se hubiera iniciado.

viernes, 17 de enero de 2014

CONSEJO DE MINISTROS: LAS CCAA CON COMPETENCIAS EN JUSTICIA GESTIONARAN NUESTRA JUBILACIÓN, SUPRESIÓN TRIBUNALES DELEGADOS OPOSICIONES

ANTEPROYECTO DE LEY QUE FACULTA A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS A GESTIONAR LA JUBILACIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley que reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial, con el fin de delegar en las Comunidades Autónomas que han asumido las competencias de Justicia la gestión de la jubilación del personal al servicio de la Administración de Justicia de los cuerpos generales y especiales, así como las posibles prórrogas de permanencia en el servicio.
Con esta medida se persigue una agilización de los trámites de jubilación y una organización más eficiente, ya que se harán cargo de los mismos los órganos de las Comunidades Autónomas que ya gestionan todas las demás materias relativas al estatuto y régimen jurídico de este personal.
Tribunales delegados
Por otra parte, se suprime la constitución obligatoria de los tribunales delegados para el acceso a los cuerpos de los funcionarios de la Administración de Justicia, que en ocasiones han resultado poco operativos e innecesariamente costosos, y han producido, además, un incremento de la litigiosidad.
La supresión de esta obligatoriedad afecta a los tribunales delegados que intervienen en estas pruebas selectivas realizando funciones meramente administrativas que pueden llevar a cabo otros órganos de esta naturaleza de la Administración autonómica. Estos tribunales delegados territoriales se podrán seguir constituyendo cuando lo aconsejen circunstancias de carácter objetivo como el tipo de pruebas a realizar, el contenido de las funciones a desarrollar o el número de plazas convocadas, atendiendo siempre a criterios de racionalidad.
Este Anteproyecto de Ley Orgánica complementa el Proyecto de Ley de racionalización del sector público y de medidas de reforma administrativa, cuya remisión a las Cortes Generales se ha aprobado hoy.

ACCEDE AL ANTEPROYECTO.

domingo, 27 de marzo de 2011

Intersindical se opone a la propuesta de medidas “armonizadoras” del Régimen de Clases Pasivas del Estado y oposiciones Justicia


Delante de la propuesta del Gobierno español sobre Medidas armonizadoras del régimen de clases pasivas del estado con el Régimen General de la Seguridad Social, que ha dado conocer, Intersindical Valenciana se opone a las medidas propuestas ya que comporta la desaparición del régimen actual de jubilaciones del régimen de clases pasivas.

El documento presentado por el gobierno español supone un nuevo ataque a las personas funcionarias sobre los que se pretende hacer pagar una crisis económica que no hemos generado. En el año pasado se redujeron los salarios. Ahora, en 2011, se pretende alargar la edad de jubilación pasando de los 65 a los 67 que se cobraría al 100% con 37 años de servicios. Además, desaparece la jubilación voluntaria actual que era a los 60 años y 30 de servicios.

El gobierno pretende sustituir la actual jubilación voluntaria (60 años de edad y 30 de servicios) por la jubilación a los 65 años con 38 años y 6 meses de servicio o por otra modalidad que posibilita la jubilación con 63 años acreditando 33 años de servicios a la que se puede acceder con una penalización de un coeficiente reductor del 1,875% por cada trimestre o fracción que la persona funcionaria avance la edad de la jubilación que le corresponda. Esta penalización puede llegar al 30%, aproximadamente.

Eso significa que todo el funcionariado de régimen de clases pasivas que se podría jubilar en 2013 con 60 años y 30 de servicios ya no lo podrá hacer, ya que se establece un período transitorio a partir de 2013 hasta el 2021, que incrementa progresivamente la edad y el tiempo de cotización. A partir de este año todo el funcionariado se deberá jubilar a los 67 años si quiere mantener el 100% de la prestación por jubilación, momento en el que se aplicarán los coeficientes reductores mencionados.

Esta “armonización” que pretende el gobierno español es relativa, ya que en ningún momento se habla de la jubilación parcial a la que tienen derecho los trabajadores y trabajadoras acogidas al Régimen General de la Seguridad Social (RGSS). Tampoco se menciona la gratuidad de los medicamentos para el funcionariado jubilado, al que también tienen derecho al RGSS.

Esta propuesta del gobierno es una consecuencia más del pacto de la reforma de las pensiones, a la que Intersindical Valenciana se ha opuesto, como también se opone a este nuevo recorte del gobierno español y anuncia que propondrá al resto de sindicatos y al personal afectado por esta nueva agresión la convocatoria de movilizaciones.

INICIO CLASES DE PREPARACIÓN DE OPOSICIONES JUSTICIA

GRUPOS DE GESTIÓN. TRAMITACIÓN Y AUXILIO

Lugar: Escola sindical Melchor Botella, Avd. Burjassot, 167 Valéncia

OPE: Gestión….282 plazas, Tramitación…..441 plazas, Auxilio……383 plazas

Horario: martes 16 a 20 horas Precio: afiliados…..50€, no afiliados……..70€ y 20€ matrícula

En Valenciano:

Intersindical s'oposa a la proposta de mesures “harmonitzadores” del Règim de Classes Passives de l'Estat

Davant la proposta del Govern espanyol sobre Mesures harmonitzadores del règim de classes passives de l’estat amb el Règim General de la Seguretat Social, que ha donat conéixer avui, Intersindical Valenciana s’oposa a les mesures proposades ja que comporta la desaparició del règim actual de jubilacions del règim de classes passives.El document presentat pel govern espanyol suposa un nou atac a les persones funcionàries sobre els quals es pretén fer pagar una crisi econòmica que no hem generat. En l'any passat es van reduir els salaris. Ara, en 2011, es pretén allargar l'edat de jubilació passant dels 65 als 67 que es cobraria al 100% amb 37 anys de serveis. A més, desapareix la jubilació voluntària actual que era als 60 anys i 30 de serveis.

El govern pretén substituir l'actual jubilació voluntària (60 anys d'edat i 30 de serveis) per la jubilació als 65 anys amb 38 anys i 6 mesos de servei o per una altra modalitat que possibilite la jubilació amb 63 anys acreditant 33 anys de serveis a la qual es pot accedir amb una penalització d'un coeficient reductor de l'1,875% per cada trimestre o fracció que la persona funcionària avance l'edat de la jubilació que li corresponga. Aquesta penalització pot arribar al 30%, aproximadament.

Això significa que tot el funcionariat de règim de classes passives que es podria jubilar en 2013 amb 60 anys i 30 de serveis ja no ho podrà fer, ja que s’estableix un període transitori a partir de 2013 fins al 2021, que incrementa progressivament l’edat i el temps de cotització. A partir d’aquest any tot el funcionariat s’haurà de jubilar als 67 anys si volen mantindre el 100% de la prestació per jubilació, moment en el qual s’aplicaran els coeficients reductors esmentats.

Aquesta “harmonització” que pretén el govern espanyol és relativa, ja que en cap moment es parla de la jubilació parcial a la qual tenen dret els treballadors i treballadores acollides al Règim General de la Seguretat Social (RGSS). Tampoc s’esmenta la gratuïtat dels medicaments per al funcionariat jubilat, al qual també tenen dret al RGSS.

Aquesta proposta del govern és una conseqüència més del pacte de la reforma de les pensions, a la qual Intersindical Valenciana s’ha oposat, com també s’oposa a aquesta nova retallada del govern espanyol i anuncia que proposarà a la resta de sindicats i al personal afectat per aquesta nova agressió la convocatòria de mobilitzacions.

INICI CLASSES DE PREPARACIÓ D´OPOSICIONS JUSTÍCIA

GRUPS DE GESTIÓ, TRAMITACIÓ I AUXILI

Lloc: Escola sindical de formació Melchor Botella, Avgda. Burjassot, 167 València

OPE: Gestió….282 plazas, Tramitació…..441 plazas, Auxili……383 plazas

Horari: dimarts 16 a 20 hores Preu: afiliats…..50€, no afiliats……..70€ y 20€ matrícula



Accede a la propuesta del Gobierno reforma de clases pasivas