Os comunicamos que hemos hecho las gestiones necesarias con la Dirección General Justicia para que los funcionarios interinos que hayan aprobado y vayan a tomar posesión como auxilio judicial en otro órgano de la Comunitat, a partir del día 5 de diciembre, podrán conservar sus días de vacaciones para disfrutar en el nuevo órgano, por lo que no es obligatorio disfrutarlas antes de la fecha de cese como interinos.
Así pues, podrán disfrutarse cuando el personal quiera. O bien, antes del cese, o bien, en su nuevo destino y antes del 31 de enero.
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