INFORMACIÓN
SOBRE REALIZACIÓN DE TEST DIAGNÓSTICOS PARA LA DETECCIÓN DEL NUEVO
CORONAVIRUS (SARS-CoV-2), Y PARA LA DETECCIÓN DE ANTICUERPOS.
Las pruebas diagnósticas del coronavirus se realizarán por los
servicios públicos de salud gestionados por las Comunidades Autónomas o
por las entidades médicas (EEMM) concertadas con MUGEJU, siempre que se
prescriban por un facultativo, de acuerdo con las directrices,
instrucciones y criterios acordados al efecto por la autoridad sanitaria
competente, en los siguientes casos:- Persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda que se encuentre hospitalizada o que cumpla criterios de ingreso hospitalario.
- Persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de cualquier gravedad que pertenezca a alguno de los siguientes grupos: (a) personal sanitario y socio-sanitario, (b) otros servicios esenciales.
- Se podrá considerar la realización del
test diagnóstico en personas especialmente vulnerables o residentes en
instituciones cerradas que presenten un cuadro clínico de infección
respiratoria aguda independientemente de su gravedad, tras una
valoración clínica individualizada:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/documentos/Procedimiento_COVID_19.pdf
- Ámbito hospitalario.
- Ámbito extrahospitalario:
- Residencia de personas mayores y centros sociosanitarios.
- Instituciones penitenciarias: - En el ámbito comunitario, si está
garantizada la capacidad de realizar PCR, se podrá plantear la
utilización de estos test en pacientes con alta sospecha clínica de
varios días de evolución tras el inicio de síntomas.
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCovChina/documentos/Guia_test_diagnosticos_serologicos_20200407.pdf
Cabe destacar que en estos protocolos no
se contempla la realización de test serológicos o pruebas PCR en
personas asintomáticas.
MUGEJU no reintegra el coste de los tests de diagnóstico.
Si se ha realizado la prueba a través de
medios privados, el/la mutualista podrá solicitar su reintegro a la
entidad médica a la que esté adscrito/a, reintegro que solo procede si
existió prescripción facultativa y la prueba se realizó ateniéndose a
los criterios fijados en los protocolos para el diagnóstico del COVID 19
del Ministerio de Sanidad mencionados.
La realización de tests serológicos o pruebas PCR que se hayan de
practicar a los mutualistas, en el ámbito de su relación laboral de
vuelta al trabajo activo, se han de llevar a cabo, en su caso, en el
marco de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.Distribución de mascarillas en la Comunitat Valenciana
La comunidad autónoma ha comenzado una
campaña de entrega de mascarillas a la población vulnerable ante
Covid-19 (>65 y comorbilidades en estados de salud 6 al 9 en < 65
años). A través de esta campaña se hará entrega de 3 mascarillas a cada
uno de los paciente de estas características en la oficinas de farmacia.
Los mutualistas adscritos al servicio público de salud y que se
encuentren dentro de ese colectivo, pueden beneficiarse de ello
acudiendo a la farmacia con su tarjeta sanitaria.
Los mutualistas adscritos a entidades concertadas recibirán, en un
par de días, un correo electrónico de MUGEJU indicando el número (SIP)
que deben aportar en la farmacia para tener acceso a las mascarillas. Si
el próximo martes 28 de abril no ha recibido el correo electrónico, o
carece de este medio, puede acceder al mismo por uno de los siguientes
medios:- A través del enlace habilitado en la Sede electrónica, el cual le informará inmediatamente del número SIP.
- A través del formulario web de atención al mutualista (ENLACE). Se le responderá por correo electrónico con el número SIP.
- Enviando un correo electrónico con sus datos a mugeju@justicia.es
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