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lunes, 6 de marzo de 2017

HORARIO FALLAS EN MUNICIPIOS DONDE EL 17 DE MARZO NO SEA FESTIVO

La Dirección General de Justicia ha dictado una resolución, por la que cincos días de jornada reducida de trabajo, por festividades locales, en el año 2017, para los funcionarios/as de los órganos de la Administración de Justicia radicados en aquellos municipios, de la provincia de Valencia donde se celebran fiestas de Fallas, como fiestas locales y que no tengan el día 17 de marzo como festivo local serán los días 14, 15, 16, 17 y 20 de marzo de 2017

“Que dentro de dicho periodo de jornada reducida se podrá acumular de forma individual por cada empleado público la reducción horaria de tres días en un día completo, siempre que las necesidades del servicio queden cubiertas, mediante el turno que se establezca en el propio órgano judicial, durante el citado periodo, el cual deberá ser comunicado por el responsable funcional del Órgano a la Unidad Administrativa, a efectos organizativos”.
Respecto a los funcionarios que estén de guardia durante algunos de los cinco días de jornada reducida, dicho día o días se les computará como jornada normal a efectos de poder acumular la reducción en los términos
establecidos en la resolución.
Respecto de los funcionarios que tienen reconocida una reducción de jornada, tendrán derecho, durante la semana fallera, a una reducción en su horario, proporcionalmente.

Accede a la resolución.

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