Pueden cambiar su opción de entidad prestadora de la asistencia sanitaria
en los siguientes supuestos:
- Cambio ordinario (Desde el 1 al 31 de enero de cada año).
Los mutualistas y pueden realizar un cambio ordinario de
entidad médica todos los años, durante el mes de enero, por una sola vez.
Para solicitar dicho cambio, deberán presentar el modelo de Solicitud de
Cambio de Entidad Médica, marcando la casilla de CAMBIO ORDINARIO, dentro del
plazo establecido.
- Cambio extraordinario (Durante todo el año).
También podrán cambiar su opción
de entidad prestadora de asistencia sanitaria cuando se produzca un cambio de destino
del mutualista en activo, o de residencia del mutualista jubilado o del titular no mutualista , que implique, en
todos los casos, un cambio de provincia.
Para estos cambios se deberán presentar:
· Los mutualistas en activo deberán adjuntar la toma de posesión en el nuevo destino para el supuesto de cambio extraordinario por cambio de destino.
- Circunstancias excepcionales, cuando el mutualista obtenga la conformidad expresa, por escrito, de las dos entidades afectadas.
Insistir en que se trata de una cambio por circunstancias excepcionales y requiere al conformidad de ambas entidades médicas
Para solicitar este cambio excepcional, se deberá presentar:
·
El modelo de
Solicitud de Cambio de Entidad Médica, marcando la casilla de CAMBIO
EXTRAORDINARIO y adjuntar los escritos de conformidad de las entidades
afectadas.
En todo caso, los beneficiarios se adscribirán a la misma entidad médica
por la que opte el titular de quien dependa su derecho.
Para información relacionada con las entidades médicas puede llamar a
cualquiera de los teléfonos del Área de Asistencia Sanitaria de MUGEJU o consultar, en la página de MUGEJU, en el apartado de prestaciones
Descarga:
Consulta el cuadro médico de las Entidades Médicas (2017)
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