miércoles, 5 de noviembre de 2025

ACUMULACIÓN DE PERMISOS Y VACACIONES

  La DGJ nos ha remitido NOTA INFORMATIVA por la modificación del art. 503.1 de la LOPJ por el que se elimina la prohibición que existía de acumular las vacaciones con los días de asuntos particulares. Desde la entrada en vigor de la modificación, podremos disfrutar de las vacaciones junto con los días de asuntos particulares, sin necesidad de interrumpir unos u otros. (Ya está en vigor)

Os dejamos acceso a la nota.

NOTA INFORMATIVA


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