En cuanto salga publicada en el BOE, la Ley será de aplicación, pasado el periodo de "vacatio legis", si lo hubiera (creemos que entrará en vigor a los tres meses de su publicación)
A falta de poder examinar detenidamente el texto, lo que está claro es que se han recortado nuestros derechos. Os recordamos que fue uno de los motivos por los que los Sindicatos de la Mesa General convocaron la huelga indefinida, y que luego, finalizó al engañarnos los sindicatos firmantes con el Gobierno. Hicimos una huelga para que se les subiera el sueldo solo a los funcionarios del Ministerio y al final algunos sindicatos también pactaron esta Ley. (Ya nos explicarán las bondades de la misma)
De momento, nos extraña, que no se os informe sobre la misma dada la repercusión y efectos en los cuerpos generales.
Por si os queda alguna duda, al final encontraréis el texto definitivo de la Ley.
Os recordamos que va a ser la mayor reforma que hemos conocido en la estructura judicial del Estado por:
1.- Desaparición de los órganos unipersonales: la totalidad de los Juzgados de una localidad se convertirá en un único Tribunal de Instancia.
2.- Cada Tribunal tendrá un Magistrado-Presidente, y se podrán tomar decisiones colegiadas. Será una figura parecida al Juez Decano. Estarán compuestos por 3 magistrados.
3.- Habrá secciones de Civil, Instrucción, Mercantil, Violencia sobre la Mujer, Menores, Vigilancia Penitenciaria, Contencioso Administrativo y Social.
4.- Se podrán crear secciones nuevas como Infancia, Discapacidad y Familia.
5.- Relaciones de puestos de Trabajo. Se negociarán por cada administración con los Sindicatos.
6.- Se espera una reorganización del personal. Tendremos que elegir plazas en cada localidad según las RPT aprobadas. Podría haber procesos de reasignación forzosa.
7.- Se salva la figura del Juez de Paz, que va a continuar existiendo.
8.- Letrados de la Administración de Justicia. Según parece, casi la totalidad quedarán bajo la dirección de un letrado en cada Tribunal de Instancia y en cada Sección. Es decir, se establece una jerarquía entre letrados añadiendo una nueva figura (ya existente en los servicios comunes)
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