Páginas

lunes, 14 de marzo de 2022

HORARIO REDUCIDO MAGDALENA

 Que, durante los cinco días de jornada reducida de trabajo en las respectivas semanas de fiestas de cada uno de los municipios de la provincia de Castellón, el horario de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia será de 9,00 a 14,00 horas. 

2. Que los cinco días de jornada reducida de trabajo por festividades locales del año 2022, para los funcionarios de los órganos de la Administración de Justicia radicados en la ciudad de Castellón, o en aquellos otros municipios de la provincia donde se celebran fiestas de la Magdalena como fiestas locales, serán los días 22, 23, 24, 25 y 28 de marzo de 2022. 

3. Que, dentro de dicho periodo de jornada reducida se podrá acumular, de forma individual por cada empleado público la reducción horaria de tres días en un día completo, siempre que las necesidades del servicio quedan cubiertas, por medio del turno que se establezca en el mismo órgano judicial, durante el mencionado periodo, el cual tendrá que ser comunicado por el responsable funcional del órgano a la Unidad Administrativa correspondiente, a efectos organizativos. 

Para poder disfrutar de la jornada de compensación el personal deberá haber realizado necesariamente la jornada laboral mediante trabajo presencial o teletrabajo de al menos tres de los días establecidos de jornada reducida.

 4. En aquellos municipios de la provincia de Castellón que no se acogen en la semana de fiestas locales anteriormente establecida, los cinco días de jornada reducida podrán coincidir con la semana de fiestas locales determinada por el Ayuntamiento correspondiente, por medio de propuesta efectuada a esta Dirección General. 5. Que durante los días fijados de jornada reducida tendrá que garantizarse hasta las 15.00 horas la asistencia de funcionarios precisos para la presentación de escritos sometidos a término.

RESOLUCIÓN MAGDALENA

No hay comentarios: