La DGJ ha dictado RESOLUCIÓN en la que indica que se podrá disfrutar durante el año 2022, de cuatro días adicionales de permiso
unidos a los 9 ya previstos, por los siguientes conceptos:
a) Dos días por coincidir en sábado los días 24 y 31 de diciembre
b) Dos días por coincidir en sábado los días 1 de enero y 19 de marzo, festividades laborales de ámbito nacional o autonómico de carácter retribuido, no recuperables y no sustituibles por la Comunidad autónoma.
Todo ello sin perjuicio de los días adicionales por antigüedad que puedan corresponder al personal en aplicación de la citada Instrucción de 12 de mayo de 2016, de la Dirección General de Justicia
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