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martes, 26 de octubre de 2021

NUEVA INSTRUCCIÓN TELETRABAJO

La DGJ ha remitido la nueva  Instrucción  sobre Revisión de la Modalidad no Presencial de  Trabajo para el Personal de la Administración de Justicia.

TELETRABAJO

Como la palabra TELETRABAJO crea urticaria a la Conselleria, ha pasado a llamarse MODALIDAD NO PRESENCIAL DE TRABAJO.

Desde INTERSINDICAL JUSTICIA hemos reiterado las alegaciones a la INSTRUCCIÓN por el poco criterio objetivo y por las muchas carencias en cuanto a su regulación.

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 ·   La solicitud del teletrabajo sigue voluntaria, reversible         temporal. 

·   Solo un 30 % de la plantilla puede teletrabajar al mismo tiempo en cada órgano con la garantía del 70% de la plantilla presencial. Cabe la posibilidad de rotación semanal si hay más solicitudes que el máximo del 30% teniendo en cuenta señalamientos y demás actuaciones diarias. 

·  Solo se podrá realizar el trabajo no presencial con un máximo de 1 día a la semana. 

·  Las solicitudes se cursarán a través del responsable funcional, si lo considera favorable y atendiendo a “las necesidades del servicio” (Presentarán un plan organizativo quincenal) si la deniega el LAJ, se podrá dirigir por correo electrónico a la DGJ, quien resolverá la solicitud. 

· El Horario y la jornada en remoto será en el horario habitual, el personal tendrá obligación de estar a disposición telefónica y por medio del correo electrónico corporativo durante el horario de audiencia pública 

Excepciones: En caso de aislamiento obligatorio por COVID-19 (no baja médica) y personal inmunodeficiencia, se podrá se realizar en esta modalidad el 100% de la jornada semanal.

Hemos solicitado desde Intersindical que en algunos Centros de Trabajo, como en las Salas del Tribunal Superior de Justicia y otras oficinas, dado el hacinamiento y el incumplimiento de medidas, se pueda mantener el 40% de la plantilla y durante tres días. Lo estudiarán y lo ven posible.

 CONCLUSIONES

Nos parece insuficiente y limitado. No atiende a todas las realidades en los distintos órganos judiciales.

No disponen de informes para valorar. Se basan en comentarios de jueces y secretarios.

La administración sigue incumpliendo el facilitar los medios tecnológicos y medidas de prevención que recaen sobre la persona que teletrabajo y por consiguiente incumple lo establecido en el TREPEB en cuanto que es la administración la que debe proporcionar los medios tecnológicos para su actividad.

Un paso atrás en la digitalización de la justicia en el Plan de Justicia 2030 siendo un modelo encorsetado que no permite adaptar la nueva realidad y las dinámicas menos presentistas sin desatender el servicio público e impulsar el avance de las nuevas tecnologías y el mundo digital en pleno siglo XXI, por lo que entendemos una nueva oportunidad perdida en el avance de la Justicia 2030.

 RESUMEN : NO HAY NEGOCIACIÓN, SOLO IMPOSICIÓN.


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