CAMBIOS QUE SE VAN A PRODUCIR EN LA APLICACIÓN CRONOS.
En virtud de la Resolución de 5 de diciembre de 1996 de la Secretaría de Estado de Justicia por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios, así como de las Resoluciones de 17 de julio de 2006 y de 9 de julio de 2008, de la Dirección General de Justicia, por las que se aprueban y modifican las normas sobre calendario laboral de aplicación al personal al servicio de la Administración de Justicia en la Comunitat Valenciana, a partir del 1 de junio se van a introducir una serie de cambios en la aplicación de control horario GvCronos que básicamente consistirán en:
- La creación de una nueva columna con información sobre las horas teóricas que según normativa nacional se debe cumplir en Justicia (07:30 horas diarias)
- Sólo el tiempo trabajado después de esas 7:30 horas diarias podrá acumular saldo positivo a mes siguiente
No obstante, se informa que se mantiene la dispensa de 20 minutos diarios tanto a la entrada como a la salida, de manera que las 06:50 horas diarias seguirá siendo el horario mínimo a realizar sin que se generen incumplimientos de horario flexible.
Si bien el tiempo trabajado a partir de las 06:50 horas diarias no servirá para acumular saldo a próximo mes si no se superan esas 07:30 horas, sin embargo sí que servirá para compensar/recuperar el saldo negativo de los días que no se han hecho esas 06:50 horas. Igualmente, ese tiempo seguirá sirviendo también para su posterior compensación dentro del mismo período los días que se realicen menos de esas 6:50 horas. Pero si el tiempo utilizable para compensar no se ha consumido en su totalidad el último día del período en curso, aquél se perderá y sólo se dispondrá a mes siguiente el tiempo generado para acumular.
En cuanto a la prestación del servicio de guardia, computarán todas las horas que conformen la presencia física en el lugar de trabajo según los distintos horarios asignados.
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