El personal de los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación
Procesal y Administrativa, Auxilio Judicial y Ayudantes de Laboratorio, al servicio de la Administra-
ción de Justicia de la Comunitat Valenciana, siempre que concurran las circunstancias y requisitos
previstos por la ley para su concesión:
1. Puedan, como regla general, disfrutar hasta el 31 de enero de 2021 de las vacaciones y días
de permiso por asuntos particulares correspondientes a 2020.
2. No obstante, se podrá autorizar el disfrute de las vacaciones correspondientes al año 2020
hasta el 31 de marzo de 2021 a los funcionarios de los Cuerpos Generales y Especiales de la
Administración de Justicia de la Comunitat Valenciana:
- Destinados en aquellas unidades donde, de no hacerlo y dada su naturaleza y funciones, así
como la imposibilidad de arbitrar mecanismos de sustitución, se produzca un riesgo cierto en
la prestación ordinaria de servicios públicos durante los meses de diciembre y enero de 2021;
o bien
- En aquellos casos específicos de peticiones de disfrute durante 2020 que hayan sido dene-
gadas expresamente, cuando el motivo de la denegación haya estado fundamentado en las
necesidades del servicio
3. Además, y con carácter excepcional, hasta el 31 de marzo de 2021, podrán disfrutar de tres
de los días de permiso por asuntos particulares correspondientes a 2020 y no hubieren con-
sumido hasta el 31 de enero de 2021.
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