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miércoles, 11 de mayo de 2016

El Supremo recuerda al CGPJ que debe cumplir la igualdad en la designación de cargos discrecionales

El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dado un revolcón al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en la sentencia –cuyo fallo ya se conocía- por la que ha anulado el nombramiento del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Murcia por no cumplir, entre otras cosas, su propia política de igualdad, al haber nombrado a un hombre en vez de a una mujer.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Mariano del Oro Pulido, establece 9 parámetros de valoración, en 4 de los cuales gana la candidata frente a 1 en el que se impone el elegido; en tres empatan. El noveno es subjetivo y no es de fácil valorarlo ya que se refiere al programa de actuación.
 El Pleno de esta Sala recuerda al CGPJ su propio Plan de Igualdad de la Carrera Judicial, aprobado por el órgano de gobierno de los jueces el 14 de febrero de 2013.
Y de forma específica, uno de los once ejes de actuación, el de la “promoción de la carrera judicial”.
Este contempla el objetivo de “promover la remoción del déficit de presencia equilibrada de mujeres en los cargos de nombramiento discrecional realizados por el Consejo”.
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