Se ha publicado en la web de la MUGEJU la Resolución, de 12 de mayo de 2020,
de la gerente de la mutualidad general judicial sobre la recuperación
progresiva de la actividad de este organismo y la reincorporación
paulatina de su personal, atendida la evolución de las medidas de
flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional en el
marco de la declaración del Estado de Alarma y sus prórrogas para la
gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
En dicha resolución se mantienen en su
condición de servicios básicos esenciales de la Mutualidad General
Judicial los establecidos en las Resoluciones de 16 y 30 de marzo de
2020, salvo los visados de recetas, y se incorporan al elenco de
servicios esenciales las prestaciones del subsidio por incapacidad
temporal (IT) y del subsidio por incapacidad permanente (IP).
Esta resolución surtira plenos efectos a partir del 18 de mayo de 2020
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