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domingo, 22 de marzo de 2020

MUGEJU: Información importante sobre Visados de medicamentos y sobre Dispensación de Medicamentos Hospitalarios en el estado de alarma

 En el día de hoy se ha publicado en el BOE la Orden SND/266/2020, por la que se establecen determinadas medidas para asegurar el acceso a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud al colectivo integrante del colectivo del mutualismo administrativo.
En concreto, se hace referencia al visado de recetas y a los medicamentos de dispensación hospitalaria sin cupón precinto de dispensación en los servicios de farmacia de los hospitales concertados.
En virtud de dicha Orden, se establece lo siguiente:
  1. Se excepciona transitoriamente la obligación de estampillar el sello de visado de recetas previo a su dispensación en las farmacias de aquellos medicamentos sometidos a tal régimen. Por tanto, los mutualistas pueden acudir directamente a la farmacia para obtener aquellos medicamentos que necesitaban autorización previa por parte de MUGEJU. De esta forma, se garantiza que estos mutualistas no vean afectado su tratamiento por la declaración del estado de alarma.
  2. Respecto a los tratamientos con medicamentos sin cupón precinto dispensados en las farmacias de los hospitales concertados, MUGEJU ha ampliado los compromisos de pago a los hospitales actualmente vigentes, y cuyo plazo de vencimiento se produciría en marzo, abril y mayo de 2020, en un plazo de 1 año a contar desde su vencimiento. 
  3. Las nuevas solicitudes de autorizaciones de tratamientos con medicamentos de dispensación hospitalaria sin cupón precinto seguirán tramitándose por el procedimiento ordinario.
Estas medidas serán de aplicación hasta que finalice la declaración  del estado de alarma y de sus posibles prórrogas.

El Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas acuerdan poner a los médicos forenses al servicio de las autoridades sanitarias para luchar contra el coronavirus

El Ministerio de Justicia, y las consejerías de las 12 comunidades autónomas con competencias transferidas en esta materia, han constituido hoy 20 de marzo, mediante videoconferencia, la Comisión de Coordinación de Crisis de la Administración de Justicia para la lucha contra el coronavirus, dando así carta de naturaleza al mecanismo de coordinación reforzada en que consejerías y ministerio llevan participando y trabajando activamente durante las últimas dos semanas. Este mecanismo de coordinación tiene por función consensuar actuaciones para la adecuada prestación de los servicios esenciales durante la crisis del Covid-19 por parte de los funcionarios de la Administración de Justicia.

Por Orden Ministerial del Ministerio de Sanidad publicada hoy 20 de marzo, este foro, que esta mañana ha celebrado su cuarta reunión, ha adquirido carácter formal.

En consultas con el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado, la nueva Comisión ha acordado en el día de hoy poner a disposición de las autoridades sanitarias –es decir, del Ministerio de Sanidad y de las autoridades sanitarias autonómicas-los servicios de los 765 médicos forenses que no estén prestando servicios esenciales en la Administración de Justicia.

La Comisión también pone a disposición de la situación de alerta sanitaria a los 180 facultativos, 84 técnicos especialistas de laboratorio y 83 ayudantes de laboratorio adscritos al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, que pueden dar apoyo en la detección delCovid-19. Se trata de personal con formación especializada en la realización de pruebas PCR (las que se utilizan para la detección del virus) a tiempo real.

 Nota del Ministerio.


Intersindical Valenciana cede su subvención pública por representatividad a programas de asistencia sanitaria o de ayuda a colectivos vulnerables.

En el sindicato somos conscientes que estamos ante una emergencia sanitaria donde está en juego la salud o la vida de muchas personas y que, además, esta crisis sanitaria está afectando de una forma severa al conjunto de la clase trabajadora y especialmente a los grupos sociales más vulnerables.

Al mismo tiempo, también somos conscientes de que las finanzas de la Generalitat Valenciana están en una situación de debilidad económica, que dificultará enormemente su capacidad para destinar recursos extraordinarios para hacer frente a la crisis; lo cual, sin duda, se traducirá en un perjuicio por la sociedad valenciana, bien a corto plazo por las dificultades para reforzarlos servicios sanitarios o los servicios sociales o bien, a largo plazo, hipotecando todavía más nuestras instituciones y nuestro futuro como pueblo.

CONCURSO DE TRASLADOS: NOTA MINISTERIO SOBRE TOMAS DE POSESIÓN

NOTA Y MODELO SOBRE POSESIÓN CONCURSO 2019

19 de marzo de 2020
Por indicación del Subdirector General, adjunto se remite una nota y la documentación necesaria, para la toma de posesión de los funcionarios que aún no han realizado dicho trámite, relativo al concurso de traslados ordinario entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio de la Administración de Justicia resuelto definitivamente con fecha 24-1-2020.
Documentos asociados

COVID-19, PUBLICADA LA ORDEN DE SANIDAD PARA COORDINAR LA ACTIVIDAD PROFESIONAL EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Publicada en el BOE de hoy 20 de marzo, la Orden SND/261/2020, de 19 de marzo, para la coordinación de la actividad profesional de los miembros de los cuerpos de funcionarios regulados en el libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial durante la vigencia del estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Se indica como finalidad de esta medida la de "salvaguardar la salud de los usuarios del servicio y de aquellos empleados públicos que estén llamados a garantizar el mantenimiento de la actividad esencial de la Administración de Justicia en aras del interés general y de la defensa de los derechos y libertades de la ciudadanía"

  • Orden SND/261/2020, de 19 de marzo, para la coordinación de la actividad profesional de los miembros de los cuerpos de funcionarios regulados en el libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial durante la vigencia del estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

COVID-19 INFORMACIÓN IMPORTANTE A TENER EN CUENTA

Dada la cantidad de información que se esta produciendo constantemente debido a las novedades que se van produciendo y a la cantidad de fuentes de la misma, os dejamos unos enlaces de interes para que podais tenerlos a vuestra disposición:
La Unidad Administrativa de Valencia se encuentra cerrada y no hay atención directa, con lo que cualquier duda o consulta debereis dirigiros por correo electrónico a : ua_justiciavalencia@gva.es
Los partes de baja, declaraciones responsable por patología, flexibilización horaria o certificaciones de guardia deberan ser remitidos, previo escaneo al servicio de personal de la  Dirección General de Justicia al correo electrónico: rrhh_justicia@gva.es .
MUGEJU.
El teléfono donde podrá realizar la solicitud es el  91.586.03.00 (Servicios Centrales).
Asimismo, se recuerda que siempre se puede hacer uso de los medios telemáticos a través de la Sede electrónica de MUGEJU (https://sedemugeju.gob.es) para realizar cualquier solicitud de tramitación, incluyendo la solicitud de talonarios de recetas.
Los mutualistas (tanto los adscritos al Sistema Sanitario Público, como los adscritos a Entidades Médicas Privadas), con síntomas compatibles con una infección respiratoria aguda (inicio súbito de cualquiera de los siguientes síntomas: tos, fiebre, dificultad respiratoria/falta de aire), que hayan estado en contacto o en el mismo lugar que un caso probable o confirmado de coronavirus Covid-19.
Deben llamar al teléfono de emergencias 112, desde donde se valorará, informará y determinará la actuación a seguir en cada caso. Siguiendo las recomendaciones de la tercera reunión técnica interministerial sobre la situación provocada por el brote epidémico del nuevo coronavirus, y con el objetivo de no colapsar el teléfono de emergencias 112, las Comunidades Autónomas han dispuesto teléfonos alternativos con la misma finalidad del 112, con los que deberán ponerse en contacto los mutualistas en función del lugar donde se encuentren. En la Comunitat Valenciana el teléfono es: 900.300.555.
MAS INFORMACIÓN SOBRE COMO ACTUAR  EN RELACIÓN AL COVID-19

miércoles, 18 de marzo de 2020

BOE: MODIFICACIÓN DECLARACIÓN ESTADO DE ALARMA

Publicado en el BOE el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Esta modificación afecta a la suspensión de determinados plazos administrativos y aclara la limitación de apertura locales y movimiento.

ACCEDE A LA RECTIFICACIÓN

COVID-19: CIERRE DE LA CIUDAD DE LA JUSTICIA DE VALENCIA

 Acuerdo de la comisión provincial de seguimiento covid-19:

Ante la actual situación de crisis sanitaria ocasionada por covid-19,  habiéndose comunicado un caso confirmado de contagio por coronavirus y la sospecha de otros dos casos más, se ha tomado la decisión del desalojo provisional del personal de justicia que presta sus servicios en la sede de la Ciudad de la Justicia de Valencia con el objetivo de proceder a la limpieza y desinfección de la sede.  Se mantiene el servicio de guardia en sus propias dependencias y SCAG.

A primera hora de la mañana habian desalojado parte del edificio por decisión del Juez Decano y el Secrertario coordinador de acuerdo con el Fiscal Jefe, pero la comunicación se llevo a cabo a traves de los LAJ, sin que los sindicatos tuvieramos conocimiento, produciendose una descoordinación, ya que al realizarlo a traves de los LAJ de cada juzgado a algunos Juzgados les ha llegado tarde y mal, lo que es totalmente inadmisible es que una medida como esta se haya decretado sin comunicarla a los sindicatos, que nos hemos enterado a través de los comentarios que nos hacia la gente que salía del edificio.
Por todo ello vamos a exigir a los órganos rectores de Jueces y Secretarios que cualquier medida que se decrete respecto a cualquier sede judicial nos sea comunicada de inmediato, para que podamos difundirla inmediatamente a través de whatssap y blogs, asegurándonos de esa forma que no se queda nadie sin avisar. Lo que ha ocurrido hoy es inadmisible y si vuelve a producirse de esa forma exigiremos responsabilidades por ello.
Todos los sindicatos estamos coordinados y unidos en esta crisis. Mantenemos una comunicación constante y ya estamos instando a través del Comité de Salud Laboral que se extremen las medidas de higiene y prevención para todos aquellos servicios, como el Juzgado de Guardia o SCAG, que van a permanecer activos a pesar de este cierre preventivo.

COVID-19 NUEVA RESOLUCIÓN SERVICIOS MINIMOS Y MEDIDAS DE CONCILIACIÓN

 La Consellería nos ha remitido una nueva resolución de servicios mínimos que modifica la anterior de fecha 15 de marzo de 2020 y que, según se dispone, complementa la siguiente Instrucción sobre sustituciones.
Esta nueva resolución recoge, entre otras cosas, el permiso inexcusable, modifica algunas plantillas y deja sin efecto los permisos y vacaciones solicitados.
Deja a los Letrados de la Administración de Justicia, los Fiscales Jefe o los Directores de los Institutos de Medicina Legal respectivos, la capacidad de determinar que la prestación del servicio para atender los servicios mínimos establecidos sea en régimen de disponibilidad cuando las circunstancias del servicio no requieran la presencia de la totalidad del personal integrante del turno de trabajo.
INTERSINDICAL JUSTICIA rechaza estas medidas por incompletas y seguimos requiriendo a la administración para que se cierren todas las sedes judiciales dejando unicamente los servicios esenciales de guardia y se proceda a la limpieza y desinfección de los mismos.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN.

COVID-19: ESCRITO CONJUNTO DE TODAS LAS ORGANIZACIONES SINDICALES SOLICITANDO LA REVISIÓN DE LOS SERVICIOS MINIMOS Y CIERRE SEDES JUDICIALES

Las organizaciones sindicales representativas en el ámbito de la Administración de Justicia de la Comunitat Valenciana hemos presentado los siguientes escrito y solicitut a la Conselleria de Justicia y a la presidenta del TSJCV
1.- Rechazamos unánimemente la Resolución de la Consellera de Justicia, Interior y Administración Pública sobre servicios esenciales en la administración de Justicia con motivo del COVID-19, de fecha 15 de marzo de 2020.
2.- Consideramos que los servicios mínimos que se establecen en la misma van mucho más allá del mínimo indispensable para dar cobertura a los servicios esenciales declarados por el Ministerio en sus distintas Resoluciones y que tal situación está suponiendo una exposición excesiva e imprudente del personal que sigue prestando sus servicios, cada día, en los órganos judiciales de la Comunidad Valenciana.

MUGEJU: SERVICIOS MINIMOS, SUSPENDIDO EL FUNCIONAMIENTO DE CONSULTAS MÉDIC

Resolución de la Gerente de la Mutualidad General Judicial de conformidad con el RD 463/2020 por el que se declara el estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, adaptación de los servicios minimos esenciales.

Se consideran servicios básicos esenciales de la Mutualidad General Judicial los siguientes:
- Información general.
- Gestión de entrega de talonarios y de visados de recetas.
- Altas de afiliación.
- Cambios extraordinarios de entidad médica.
- Autorización de dispensación de medicamentos hospitalarios.
- Pagos a las entidades de seguro.
- Pagos al Consejo Oficial de Colegios Farmacéuticos.
- Nóminas del personal de MUGEJU
Accede a la Resolución

FICHAJE CRONOS: INFORMACIÓN DE ÚLTIMA HORA

COMUNICADO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA

Despues de un primer comunicado y puestos en contacto con la DGJ comunica que no es necesario fichar en GV-CRONOS aun en situación de servicios minimos.
Ante la situación planteada por la expansión del virus COVID-19 y hasta que se alcen las medidas de emergencia decretadas por la Consellería de Justicia en Resolución de fecha 15/03/2020, se comunica que el fichaje a través de la aplicación de control horario GvCronos queda temporalmente suspendido.
No hay obligatoriedad de fichar aun en servicios minimos, Tampoco quien no se encuentre en la mencionada situación NO debe realizar ninguna incidencia para justificar nada: ni a través de la indicada aplicación, ni por fax, ni por correo electrónico.

COVID-19 RESOLUCIÓN DE LA CONSELLERIA DE JUSTICIA SOBRE SERVICIOS MINIMOS

La Dirección General de Justicia nos acaba de enviar la resolución de la Consellera de Justicia sobre servicios mínimos esenciales en la administración de Justicia con motivo del COVID-19.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

Desde INTERSINDICAL JUSTICIA rechazamos dichos servicios por ser excesivos, atendiendo a la gravedad de la situación, ademas de ser insuficiente lo dispuesto, ya que no contempla las medidas solicitadas por Intersindical sobre la conciliación familiar y laboral motivadas por el cierre de centros educativos o de mayores, ademas de medidas sobre posibles cuarentenas que deban de tomarse por posible riesgo de contagio o de riesgo.
Este exceso de personal, dadas las circustancias de limitación de circulación a la ciudadania y el riesgo de contagio, puede dar lugar al cierre total de las dependencias por el riesgo de la salud de los/as trabajadores/as

SERVICIOS MINIMOS

ORGANOS JUDICIALES
Tribunal Superior de Justicia Un/a funcionario/a del Cuerpo de Gestión PA o de Tramitación P.A por cada una de las Salas.
Audiencias Provinciales Un/a funcionario/a del Cuerpo de Gestión PA o de Tramitación P.A por cada una de las Secciones y uno/a de Auxilio Judicial por sección.
Servicios Comunes Valencia, Castellón, Alicante y Elche Un/a funcionario/a del Cuerpo de Gestión PA o de Tramitación P.A y uno/ de Auxilio Judicial en cada sección.
Resto de Servicios Comunes (no se aplica al partido judicial de Mislata) Un funcionario/a de Gestión PA o deTramitación Procesal y uno/a de AuxilioJudicial
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción Un/a funcionario/a del Cuerpo de Gestión PA o de Tramitación P.A por cada Juzgado
Juzgados de Primera Instancia
Juzgados de Instrucción
Juzgados de los Contencioso- Administrativo
Juzgados de lo Social
Juzgados de lo Mercantil
Juzgados de Menores
Un/a funcionario/a del Cuerpo de Gestión PA o de Tramitación P.A por cada Juzgado.
Juzgados de Vigilancia Penitenciaria Un/a funcionario/a del Cuerpo de Gestión PA o de Tramitación P.A y uno/a de Auxilio Judicial
Juzgados de lo Penal En Valencia un/a funcionario/a del Cuerpo de Gestión PA o de Tramitación PA y uno/a de Auxilio los días que haya juicios.
En el resto de partidos judiciales un/a funcionario/a del Cuerpo de Gestión PA o de Tramitación PA por cada Juzgado y uno/a de Auxilio por cada dos juzgados.
Juzgados de lo Penal de ejecutorias de Valencia Dos funcionarios/as del Cuerpo de Gestión PA o de Tramitación P.A por cada Juzgado
Juzgados de Violencia Sobre la Mujer. Un/a funcionario/a del Cuerpo de Gestión PA, un/a funcionario/a del Cuerpo de Tramitación P.A y uno/a de Auxilio Judicial
Registros Civiles Únicos Un/a funcionario/a del Cuerpo de Gestión PA o de Tramitación P.A y uno/a de Auxilio Judicial.
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción o de Primera Instancia con funciones adscritas de Registro Civil Un/a funcionario/a del Cuerpo de GestiónPA o de Tramitación P.A para lasfunciones del Registro Civil.
MISLATA
UPAD de Mislata
Seis funcionarios/as de Gestión PA o Tramitación PA con la siguiente distribución:
La UPAD con funciones de Violencia contarán con un/a Gestor PA y un/a de Tramitación Procesal.
La UPAD con funciones de Registro Civil dos funcionarios/as del Cuerpo deGestión PA y/o de Tramitación Procesal.
Resto de UPAD: Un/a funcionario del Cuerpo de Gestión PA y/o Tramitación PA para cada una.
SCAG Mislata Un/a funcionario/a del Cuerpo de Gestión PA o Tramitación P.A y dos del Cuerpo de Auxilio Judicial que cubrirá el servicio de guardia y de Juzgado de Violencia Sobre la Mujer
Servicio Común de Ejecución de Mislata Un funcionario/a del Cuerpo de Gestión PA o Tramitación PA.
Decano exclusivo Un/a funcionario/a
Juzgados de Paz Un/a funcionario/a
ORGANOS FISCALES
Fiscalía Superior de la Comunitat Valenciana Un/a funcionario/a del Cuerpo de Gestión PA o de Tramitación PA y Un funcionario/a del Cuerpo de Auxilio Judicial
Fiscalías Provinciales y Fiscalías de Área Un 10% del total de los/as funcionarios/as de los Cuerpos de Gestión P.A, de Tramitación PA y de Auxilio Judicial

INSTITUTOS DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES
IMLYCF
Los/as Médicos/as Forenses de guardia en Valencia y Alicante
Dos médicos/as forenses de guardia en Castellón y uno/a en Vinaroz
En el turno de patología dos Médicos/as forenses en Valencia y Alicante y uno/a en Castellón
Dos funcionario/as del Cuerpo de Tramitación PA o Auxilio UVFI Un/a Médico/a Forense, en cada provincia.
Con el fin de garantizar el buen funcionamiento de los órganos de gobierno y coordinación la dotación mínima en Presidencia de Gobierno será de un/a funcionario/a del Cuerpo de Gestión PA o de Tramitación, dos funcionarios/as del Cuerpo de Gestión PA o de Tramitación PA para Secretaria de Gobierno y uno/a para Secretaria de Coordinación.
 La designación de funcionario se realizará de forma rotatoria entre el personal disponible, evitando en la medida de lo posible el contacto entre el personal de los diferentes turnos. El director de la oficina (Letrado de la Administración de Justicia, Fiscal o Dirección del IMLCF, según los casos) establecerán esta programación de turnos, bajo la coordinación de sus superiores jerárquicos.
Si por causa de las circunstancias concurrentes no se pudiesen atender los servicios mínimos por el propio personal del órgano se tendrán que establecer los turnos de sustitución que correspondan.
El personal funcionario de la administración de justicia con destino en los órganos de la Comunitat Valenciana deberán ponerse en contacto del responsable del órgano a efectos de organizar los turnos.

domingo, 15 de marzo de 2020

COVID-19, PUBLICADA LA DECLARACIÓN DE ESTADO DE ALARMA

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Estado de alarma
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

MUGEJU: SOLICITUD TALONARIOS POR MEDIOS TELEFÓNICOS

Con motivo de la evolución del brote epidémico derivado del Covid-19 (Coronavirus), y la decisión dirigida a las Comunidades Autónomas de clausurar los centros educativos y de mayores en su ámbito territorial, el Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública emitió el día 10 de marzo pasado una Resolución dictando determinadas medidas organizativas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la Administración General del Estado, de carácter excepcional y temporal en función del desarrollo de los acontecimientos relacionados con la epidemia, y de las decisiones que, en su caso, se adopten por las autoridades competentes.
En el apartado tercero de la Resolución se dispone que se priorizará la atención al público telefónica y telemática. En este sentido, la Mutualidad General Judicial, mientras siga vigente la situación actual, habilitará la solicitud de talonarios de recetas a través de medios telefónicos, y se procederá al envío del talonario por correo postal al domicilio del mutualista que conste en los archivos de la Mutualidad.
El teléfono donde podrá realizar la solicitud es el  91.586.03.00 (Servicios Centrales).
Asimismo, se recuerda que siempre se puede hacer uso de los medios telemáticos a través de la Sede electrónica de MUGEJU (https://sedemugeju.gob.es) para realizar cualquier solicitud de tramitación, incluyendo la solicitud de talonarios de recetas.

COVID-19, EL TSJ DECRETA LA SUSPENSIÓN ACTUACIONES Y PLAZOS PROCESALES

El TSJCV en acuerdo de urgencia ha adoptado la suspension generalizada de las actuaciones judiciales programadas y de los plazos procesales, hasta la fecha que concrete el Consejo General del Poder Judicial.
Segun los Acuerdos dictados por el CGPJ deberan asegurarse las siguientes actuaciones:

CONCURSO DE TRASLADOS, DOCUMENTACIÓN APORTAR DE OTRAS CCAA

La Dirección General nos ha hecho llegar el aviso para que el personal que se haya incorporado desde otras CCAA en el concurso de traslados y que no haya presentado todavía la documentación a efectos de nómina, la aporten por medio del correo facilitado en el siguiente documento a efectos de poder hacer efectiva la nómina.

Accede al documento.

sábado, 14 de marzo de 2020

COVID-19 COMUNICADO CONJUNTO ORGANIZACIONES SINDICALES

Las organizaciones sindicales representativas en el ámbito de la Administración de Justicia de la Comunitat Valenciana hemos acordado emitir el siguiente comunicado:


TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA: SUSPENSIÓN PRUEBA DEL VALENCIANO

 NOTA INFORMATIVA: Suspensión pruebas de lengua valenciana
13 de marzo de 2020 Por acuerdo de la Presidenta del TSJ, se nos comunica que debemos de suspender todas las actividades no jurisdiccionales, que se realicen en la Ciudad de la Justicia de Valencia, anulando la reserva realizada para el examen de Valenciano para acceso por promoción interna al Cuerpo de Tramitación Procesal del próximo día 16 de Marzo.
Por la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública se ha emitido una nota informativa con motivo del COVID-19, recomendando que en la medida de lo posible se racionalicen las reuniones de trabajo, limitando las personas asistentes.
Considerando lo anterior y que las pruebas de lengua valenciana comprenden un área de exposición, expresión e interacción oral, se suspende la realización de la prueba de 16 de marzo de 2020 de conocimientos de lengua valenciana para los opositores que en su día solicitaron la celebración de dicha prueba.

Acuerdo por el que se pospone el proceso selectivo de Auxilio Judicial.

 Publicado en la web del Ministerio de Justicia, Acuerdo del Secretario General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de justicia, por el que se pospone el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial, desde el día de la fecha, hasta el cese de las medidas anunciadas por las autoridades sanitarias.

   Accede a la nota del Ministerio de Justicia

COVID-19: EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ADOPTA MEDIDAS ADICIONALES

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia en atención al acuerdo del CGPJ ha tomado el acuerdo de las siguientes medidas, constituir comisiones de seguimiento, en las cuales no estamos representados las/as Funcionarios Judiciales.
Accede al acuerdo.
1º.- Tomar conocimiento en el Expediente Gubernativo nº 57/20 de las Instrucciones del Consejo General del Poder Judicial relativas a la prestación del servicio público judicial ante la situación generada por el COVID-19, las cuales se transcriben literalmente al final de la presente acta, y acordar:
Visto el contenido de la mismas, esta Sala de Gobierno considera conveniente para la aplicación de dichas Instrucciones efectuar adicionalmente las siguientes precisiones adaptadas a las necesidades de este territorio con vigencia hasta el 31 de marzo de 2020 sin perjuicio de que se modifiquen las circunstancias tenidas en
cuenta:

El conjunto de estas medidas y especificaciones es el siguiente:

PERMISO POR DEBER INEXCUSABLE DE CUIDADO DE HIJA/O MENOR ANTE EL CIERRE DE CENTROS EDUCATIVOS O MAYOR CON DEPENDENCIA POR CIERRE DE CENTROS DE MAYORES

Ante las innumerables consultas que estamos recibiendo y la parálisis de la Dirección General de Justicia en esta cuestión, a pesar de los requerimientos que INTERSINDICAL JUSTICIA le lleva realizando, informamos que:
El pasado 10 de marzo, el Secretario de Función Pública dictó una Resolución para el ámbito de la Administración General del Estado, recogiendo una serie de medidas  laborales en relación con las afectaciones del COVID-10 (coronavirus). La adjuntamos en PDF.
Entre ellas concretaba algunas de conciliación familiar y laboral motivadas por el cierre de centros educativos o de mayores. Pues bien, ante la parálisis de nuestra Dirección General de Justicia, INTERSINDICALconsidera que deviene de aplicación la cláusula remisoria del artículo 503 de la LOPJ:
“Artículo 503.
1. Por causas justificadas, los funcionarios tendrán derecho a iguales permisos y con la misma extensión que los establecidos en la normativa vigente aplicable a los funcionarios de la Administración General del Estado, con excepción del permiso por asuntos particulares que tendrá una duración de nueve días, los cuales no podrán acumularse en ningún caso a las vacaciones anuales retribuidas.
2. El disfrute de estos permisos tendrá los mismos derechos económicos que los funcionarios de la Administración General del Estado.”
Por ello, el consejo que damos desde INTERSINDICAL JUSTICIApara esta situación es que las/os funcionarias/os afectadas/os que se puedan englobar en los supuestos recogidos en la Resolución dictada para la AGE, y no tengan más solución que quedarse en casa con sus hijos menores o mayores dependientes, soliciten el permiso por cumplimiento de un deber inexcusable  acompañado de una Declaración Responsable (pincha aqui).
Todo ello a la espera de que nuestraDirección General se digne a emitir las debidas instrucciones al respecto.
Y para el caso de que la Dirección no contestara, denegara el permiso, lo transformara en días de permiso por asuntos o de exceso, pues tocaría, en su caso, recurrirlo en alzada y judicialmente. Confiamos en que impere la cordura en nuestros gobernantes.
Si en las próximas horas tuviéramos noticias de la Administración, os trasladaríamos cualquier novedad.
Aunque os invitamos a leer la Resolución completa, os resumimos que LAS MEDIDAS (PERMISOS) ESTABLECIDOS EN LA AGE SON:
Medidas por el cierre de centros educativos o de mayores.
 Para el personal al servicio de la Administración General del Estado que tenga a su cargo menores o mayores dependientes y se vea afectado por el cierre de centros educativos o de mayores, serán de aplicación las siguientes medidas, por el tiempo que las autoridades competentes determinen y de acuerdo con las instrucciones de sus respectivos órganos de personal:
 a) Flexibilización de la jornada laboral sin sujeción a los límites previstos en la Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
 b) En el caso de que sea imprescindible, se permitirá la permanencia del personal en su domicilio, teniendo la consideración de deber inexcusable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 j) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
 c) En el caso de que ambos progenitores o responsables del mayor dependiente tengan la condición de personal al servicio de la Administración General del Estado, no podrán disfrutar de estas medidas simultáneamente.

COVID-19: INTERSINDICAL JUSTICIA SOLICITA QUE TOMEN MEDIDAS SIMILARES AL MINISTERIO DE JUSTICIA

INTERSINDICAL JUSTICIA ha remitido escrito a la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, solicitando que se tomen medidas en los mismos terminos que el Ministerio de Justicia para el personal no transferido.
Entre otras medidas, permite una declaración responsable (similar a una declaración jurada, como único documento) como justificante de la situación, permitiendo la permanencia de las y los funcionarios como deber inexcusable para el personal que tenga menores o mayores dependientes a su cargo y se vea afectado por el cierre de centros educativos o de mayores, permitiendo, entro otras medidas lo siguiente:
  • Se permite la flexibilación de la jornada laboral sin sujección a los limites sobre horarios y jornadas.
  • La permanencia del personal en su domicilio, en el caso de que sean imprescindibles y no fuera posible acogerse a las medidas anteriores.
Accede a la Resolución del Ministerio de Justicia

-Anexo

jueves, 12 de marzo de 2020

CRISIS COVID-19: MEDIDAS ADOPTADAS POR PARTE DE LA CONSELLERIA DE JUSTICIA

 Desde la Conselleria de Justicia nos han hecho llegar la información y actuaciones en relación con el COVID-19, como consecuencia de la actual situación.

Se refieren a una serie de documentos con las medidas adoptadas por parte de la Conselleria y las recomendaciones para el personal de Justicia en la Ciudad de la Justicia de Valencia y el resto de sedes judiciales.

Podeis accede a la información en los siguientes enlaces:

MEDIDAS CORONAVIRUS SEDES JUDICIALES
INFORME INVASSAT
RECOMENDACIONES ACTUACIÓN CIUDAD JUSTICIA VALENCIA
RECOMENDACIONES ACTUACIÓN RESTO SEDES JUDICALES

CGPJ: DIRECTRICES PARA GARANTIZAR EL SERVICIO PÚBLICOADAPTADO A LAS RECOMENDACIONES DE LAS AUTORIDADES SANITARIAS

El CGPJ establece las directrices para garantizar el servicio público judicial adaptado a las recomendaciones de las autoridades sanitarias

 La Comisión Permanente aprueba una instrucción que contempla dos escenarios, uno general y otro para los territorios en los que se hayan establecido medidas especialmente intensas para limitar la propagación del coronavirus COVID-19. En el escenario 2, los jueces podrán suspender actuaciones procesales ya acordadas por razones sanitarias, lo que precisará de previa autorización del presidente del TSJ o de la Audiencia Nacional y de ratificación posterior por el Consejo. Se constituye una Comisión de Coordinación y Seguimiento que podrá proponer nuevas medidas a la vista de las recomendaciones sanitarias y de las incidencias que comuniquen los presidentes de los distintos tribunales. Entre las recomendaciones generales se incluyen las medidas de conciliación de la vida personal y laboral, el teletrabajo o la dispensa del uso de la toga para los abogados.
Comunicación Poder Judicial
 La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado hoy en sesión extraordinaria una instrucción de actuaciones judiciales que tiene por objeto garantizar el servicio público judicial, adaptado a las recomendaciones de las autoridades sanitarias en relación con la epidemia de coronavirus COVID-19.

La instrucción consta de dos partes, una informativa con las recomendaciones de protección individual y colectiva frente a la enfermedad y otra que establece directrices en relación con la actuación judicial en función de distintos escenarios: (1) uno general para todo el territorio nacional y (2) otro para los territorios en los que se hayan establecido medidas especialmente intensas para limitar la propagación y el contagio de la enfermedad.
Bajo la dirección de la Comisión Permanente, se constituye una Comisión de Coordinación y Seguimiento que estará integrada por el Secretario General, el Gabinete de la Presidencia, el Gabinete Técnico, el Servicio de Inspección, la Oficina de Comunicación, el Servicio de Personal Judicial y la Sección de Prevención de Riesgos de la Carrera Judicial.

MANTENIMIENTO DE LOS HORARIOS REDUCIDOS DE MAGDALENA Y FALLAS

MANTIENEN LOS HORARIOS REDUCIDOS DE MAGDALENA Y FALLAS

Según comunicación recibida de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, los horarios reducidos de Fallas y la Magdalena, se mantienen en los términos establecidos en las Respectivas Resoluciones de la Directora General de fecha 26.02.2020.

 Fiestas de Fallas.
 Fiestas de la Magdalena

CANTIDADES PAC-CARRERA PROFESIONAL 2020


INTERSINDICAL SOLICITA LA PRORROGA DEL DISFRUTE DIAS DEL 2019

Debido a la suspensión de las fiestas de la Magdalena en Castellón y las Fallas en la provincia de Valencia, Intersindical Justicia ha solicitado a la Dirección General que la prorroga de los días de asuntos propios correspondientes al año 2019 que no se hubieran disfrutado hasta la fecha, se prorrogue hasta que se señale nueva fecha de celebración de las fiestas de Magdalena y Fallas.

Accede al escrito

DOGV, PUBLICADO EL DECRETO DE SUSPENSIÓN FALLAS Y MAGDALENA

Presidencia de la Generalitat

DECRETO 4/2020, de 10 de marzo, del president de la Generalitat, por el que se suspende y se aplaza la celebración de las fiestas de las Fallas en la Comunitat Valenciana, y de la Magdalena en Castelló. [2020/2394

LETRADOS PROMOCIÓN INTERNA, RELACIÓN APROBADOS

Se ha publicado en el BOE de hoy 11 de marzo (Pulsa aqui)  la  relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/402/2019, de 19 de marzo.
En el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», los aspirantes  presentarán en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28012 de Madrid, o bien, en los Registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Secretaria de Estado de Justicia, la documentación preceptiva.

AUXILIO JUDICIAL, CORRECCIÓN DE ERRORES EN LA CONVOCATORIA

En el BOE de 11 de marzo (PULSA AQUI) , se ha publicado la Orden JUS/212/2020, de 4 de marzo, por la que se corrigen errores en la Orden JUS/60/2020, de 15 de enero, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
  En dicha orden se manifiesta lo siguiente:
Advertidos errores en la Orden JUS/60/2020, de 15 de enero, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, publicada en el «Boletín Oficial de Estado» número 23, de 27 de enero de 2020, y al amparo de lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se resuelve:
 Corregir los errores materiales detectados en el apartado 1.2, segundo párrafo, del anexo I, apartado 1-A, de la Orden JUS/60/2020, de 15 de enero:
  •   En la página 7857, en el apartado 1.2, segundo párrafo, primera línea, donde dice: «… será de 60 minutos…», debe decir: «… será de 90 minutos…».
  •  En la página 7857, en el apartado 1.2, segundo párrafo, tercera línea, donde dice:«… descontarán 0,25 puntos…», debe decir: «… descontarán 0,20 puntos…».

TRAMITACIÓN TURNO LIBRE: SUSPENSIÓN EXAMEN DE WORD DEL DIA 14 DE MARZO


martes, 10 de marzo de 2020

TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA, CONVOCATORIA PRUEBA DE VALENCIANO

 Convocatoria a la realización de la prueba de conocimientos de lengua valenciana.
10 de marzo de 2020
Conforme a lo establecido en la base 7.5 de la Orden de convocatoria, este Tribunal acuerda convocar a los opositores incluidos en el Anexo del Acuerdo de 9 de marzo y, que en su día solicitaron la celebración de la prueba de conocimientos de lengua valenciana, a este ejercicio de carácter optativo, no eliminatorio, en el día, hora y lugar que a continuación se indica:
- FECHA: 16 de marzo de 2020
- HORA: 10:00 horas
- LUGAR: las Aulas de Formación nº 1, 2 y 3, situadas en el entresuelo del Edificio C, de la Ciudad de la Justicia de Valencia, Avda. del Profesor Lopez Piñero nº 14. 46013 Valencia

MUGEJU: INFORMACIÓN ACTUALIZADA SOBRE EL CORONAVIRUS

Los mutualistas (tanto los adscritos al Sistema Sanitario Público, como los adscritos a Entidades Médicas Privadas), con síntomas compatibles con una infección respiratoria aguda (inicio súbito de cualquiera de los siguientes síntomas: tos, fiebre, dificultad respiratoria/falta de aire) y, que en los 14 días previos al inicio de los síntomas, hayan vuelto de alguna de las zonas geográficas de riesgo o hayan estado en contacto o en el mismo lugar que un caso probable o confirmado de coronavirus Covid-19, deben llamar al teléfono de emergencias 112, desde donde se valorará, informará y determinará la actuación a seguir en cada caso.
Siguiendo las recomendaciones de la tercera reunión técnica interministerial sobre la situación provocada por el brote epidémico del nuevo coronavirus, y con el objetivo de no colapsar el teléfono de emergencias 112, las Comunidades Autónomas han dispuesto teléfonos alternativos con la misma finalidad del 112, con los que deberán ponerse en contacto los mutualistas en función del lugar donde se encuentren. En la Comunitat Valenciana el teléfono es: 900.300.555. 

ACCEDE AMPLIACIÓN INFORMACIÓN

TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA, ACUMULACIÓN PLAZAS DESIERTAS

Acuerdo de 9 de marzo del Tribunal Calificador Único por el que se acumulan a las plazas del sistema general, las plazas reservadas a personas con discapacidad que han quedado desiertas en la relación de opositores que han superado el proceso selectivo.

9 de marzo de 2020
Documentos asociados

NOVA CONVOCATÒRIA COMISSIONS DE SERVEI, RESOLUCIÓ 9 MARÇ

Termini de sol·licituds: de l'11 al 13 de març de 2020, tots dos inclusivament

viernes, 6 de marzo de 2020

MUGEJU: Información a los mutualistas sobre el Coronavirus

En España la alerta sanitaria internacional decretada por la Organización Mundial de la Salud, debida a la infección por el coronavirus (SARS-CoV-2), está coordinada por el Ministerio de Sanidad, cuyos protocolos de actuación e información actualizada sobre la enfermedad se pueden consultar en el siguiente enlace
Los mutualistas (tanto los adscritos al Sistema Sanitario Público, como los adscritos a Entidades Médicas Privadas), con síntomas compatibles con una infección respiratoria aguda (inicio súbito de cualquiera de los siguientes síntomas: tos, fiebre, dificultad respiratoria/falta de aire) y, que en los 14 días previos al inicio de los síntomas, hayan vuelto de alguna de las zonas geográficas de riesgo o hayan estado en contacto o en el mismo lugar que un caso probable o confirmado de coronavirus Covid-19, deben llamar al teléfono de emergencias 112, desde donde se valorará, informará y determinará la actuación a seguir en cada caso.
Fuente: www.mugeju.es

TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA, RELACIÓN DEFINITIVA MÉRITOS Y ASPIRANTES SUPERADO PROCESO SELECTIVO

Acuerdo de 4 de marzo del Tribunal Calificador, por el que se publica la relación defnitiva de méritos de la fase de concurso y la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

6 de marzo de 2020
Documentos asociados

EL CONSELL AUTORIZA LA CONTRATACIÓN DEL NUEVO SISTEMA DE GESTIÓN PROCESAL

El Consell autoriza el desarrollo y puesta en funcionamiento del nuevo Sistema de Gestión Procesal de la Comunitat Valenciana
28/02/2020
- Con una inversión superior a 15,9 millones de euros, el nuevo Sistema de Gestión Procesal sustituirá al actual sistema Cicerone
- El nuevo sistema agilizará la tramitación de todos los procedimientos judiciales y sus documentos

El Pleno del Consell ha autorizado la contratación del servicio de desarrollo y puesta en funcionamiento del nuevo sistema de Gestión Procesal de la Comunitat Valenciana, con un presupuesto máximo de 15.972.919,60 euros (IVA incluido).
El nuevo Sistema de Gestión Procesal se desarrollará entre 2020 y 2024.
El objeto del contrato es el diseño, construcción, despliegue e implantación de un sistema de información avanzado para la gestión procesal al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunitat Valenciana, modular y centralizado, que sustituya gradualmente, y garantizando su interoperabilidad, al actual Cicerone.

EL MINISTRO DE JUSTICIA PRESENTA SU PLAN DE JUSTICIA 2030 A LAS ORGANIZACIONES SINDICALES

  En el día de ayer, 4 de marzo, se celebró en el Ministerio de Justicia la reunión del Ministro con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial. El Sr. Campo, compareció en la reunión para presentar el Plan de Justicia 2030, Plan que pretende llevar al Consejo de Ministros en un plazo máximo de tres meses para su puesta en marcha. Lo más relevante de la exposición del mismo, en cuanto a las cuestiones que más nos afectan, sería:
REGISTRO CIVIL.- Con la pretensión, sin un claro éxito, de tranquilizar a los representantes de las/os trabajadoras/es, ha manifestado que defienden una línea de continuidad con la situación actual en cuanto al personal, manifestando que se mantendrán las 431 oficinas de Registro Civil de los Partidos Judiciales, servidas por personal de Justicia, y que el resto de funciones se haría por ventanilla” -si bien no han dejado muy claro qué significaría exactamente esto-. Hay muchas cuestiones que aún se están evaluando. Tampoco dejan claro todavía lo qué va a terminar ocurriendo con las funciones de Registro Civil de los Juzgados de Paz. Sí dice que todo se hará de manera consensuada y de forma progresiva.
NOJ.- Se pretende culminar y completar la implantación de la Oficina Judicial. También plantean volver a evaluar muchas cuestiones relativas a su implantación a efectos de corregir errores y revisar el modelo aplicado.
JUSTICIA DIGITAL.- Se quiere consolidar el expediente judicial digital e integrar las diferentes plataformas de gestión procesal, asegurando su interoperabilidad y superando la dispersión tecnológica actual. Cuestiones que se plantearán en la próxima Conferencia Sectorial de Justicia con las CCAA. Recordamos que el Consell en su última reunión de 28 de febrero autorizo la contratación del servicio de desarrollo y puesta en funcionamiento del nuevo sistema de Gestión Procesal de la Comunitat Valenciana, con un presupuesto de 15.972.919,60 euros
ORGANIZACIÓN JUDICIAL.- En cuanto a ésta, se plantean varias cuestiones:
·         La Agrupación de Partidos Judiciales, cuestión que se planteará igualmente en la Conferencia Sectorial de Justicia. Sobre ésta, ha dicho que no se trataría de una supresión de partidos judiciales sino una revisión y reorganización de los mismos, igualmente, sin aportar muchos más detalles de la forma en que esto se realizaría.
·         La puesta en marcha de los Tribunales de Instancia. Medida que ya se puso sobre la mesa con el anterior gobierno socialista antes de Rajoy y que sustituiría a los órganos judiciales unipersonales actuales y que permitiría el incremento plazas de jueces con independencia del resto de personal de la oficina.

·         Potenciación de las soluciones extrajudiciales de los conflictos mediante la promoción de servicios alternativos de resolución de controversias para disminuir la litigiosidad de los Juzgados y Tribunales.
·         Introducción de reformas procesales, como las denominadas “sentencias testigo o modelo”, para pleitos en masa en materia civil y mercantil para extender los efectos de una sentencia más allá de los reclamantes.
·         Reforzar los mecanismos de protección de la víctima, especialmente respecto a las mujeres y colectivos más vulnerables, potenciando las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito.
·         Como medida legislativa más destacada se ha referido a la Reforma de la LECR, a fin de acabar con los desfases o incoherencias de la normativa actual, mediante la implantación de un proceso penal moderno y democrático que diferencie la función instructora de los juzgados, reservando la investigación al Ministerio Fiscal, reforma que quiere aprobarse antes de final de año.
Desde INTERSINDICAL JUSTICIA estudiaremos las propuestas concretas del Ministerio de Justicia sobre el plan Justicia 2030 y realizaremos una valoración en los próximos días.

CONCURSO DE MÉRITOS PLAZAS ÓRGANOS TÉCNICOS DEL CGPJ

Publicado en el BOE el Acuerdo de 20 de febrero de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para proveer puestos de trabajo en los órganos técnicos del Consejo.
Plazo de presentación de instancias: 15 días hábiles 
Pueden participar los cuerpos de Gestión y Tramitación.

Accede a la convocatoria.

lunes, 2 de marzo de 2020

MUGEJU: COMUNICACIÓN CAMBIO DE DESTINO CONCURSO DE TRASLADOS

 Os recordamos la obligación de comunicar a la MUGEJU la variación de datos que se produzca como consecuencia de la resolución del Concurso de Traslados.
Deberéis hacer llegar a la Delegación de la MUGEJU de la provincia de destino, el impreso A-1 que os adjuntamos más abajo, junto con una copia del nombramiento, en el plazo de un mes desde que se produzca el traslado.

El cambio de provincia permite el cambio de entidad médica. (Circular informativa)
Solicitud Mugeju Variación de Datos