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jueves, 31 de enero de 2008

UNA SENTENCIA QUE LLEGA TARDE

La mujer de Gandia cuyo juicio por malos tratos debe repetirse dice que dos testigos ya han muerto y el ex marido recalca que el fallo es nulo al no estar fundamentado
31.01.08 - 10:00 -

La Audiencia Provincial de Valencia ha dado carpetazo a un proceso judicial que se abrió hace diez años con las denuncias de una mujer de Gandia a su ex marido por supuestos malos tratos. El organismo ha considerado que el juzgado de lo Penal de Gandia ha tardado demasiado tiempo en fallar sobre el recurso de una vista celebrada en 2005.

Por ese motivo, resolvió anular el juicio y la sentencia dictada en Gandia, e instar a la celebración de una nueva vista, así como que dicte el fallo un magistrado distinto.

Esta resolución no satisface las aspiraciones de la denunciante. La afectada, vecina de Gandia, mostró su descontento ante la repetición del juicio.

La mujer afirmó que cinco años después de la celebración de la primera vista se encuentra en una "situación de completa indefensión", ya que dos de los tres testigos que aportó al juicio han muerto, por lo que señaló que si se celebra una nueva vista no podrá aportar los mismos testimonios que en 2005.

Por otra parte, el ex marido se defendió alegando que la sentencia de la Audiencia Provincial explica que la sentencia emitida en el juzgado de Gandia es nula "porque no sólo ha pasado demasiado tiempo" desde que el organismo solicitó que se redactará la sentencia, sino que también "hay una falta de fundamentación que justifique el fallo de la sala de lo penal".

Asimismo, el hombre añadió que en "todo el proceso no hay suficientes datos, ni fundamentos" que prueben las acusaciones que se han vertido contra su persona.

Pero, además, indicó que se va a mantener alerta para salvaguardar su honor. Por otro lado, informó a LAS PROVINCIAS que en las denuncias que han interpuesto contra él "hay muchas mentiras". Agregó que la denunciante ya "ha sido condenada por otras causas, como por injurias" y que él mismo tiene abiertas "otras causas".

Este asunto se arrastra desde 2005, cuando se celebró el primer juicio en el que una mujer de Gandia acusaba a su ex marido de presuntos malos tratos.

Este finalizó con una sentencia en la que se condenaba al denunciado a seis meses de cárcel y dos multas, una que otorgaba 1.500 euros a la denunciante. Esta sentencia ha sido anulada con lo que, de momento, no pesa cargo alguno sobre el ex marido.

Este fue quien recurrió la sentencia por considerar que aquello de lo que se le culpaba no estaba fundamentado, y desde la Audiencia Provincial aceptaron el trámite y solicitaron al juzgado de Gandia que volviera a redactar el documento.

Este nuevo informe se remitió al organismo provincial en 2007. Tras esto la Audiencia de Valencia emitió una sentencia a fecha de 10 de enero de 2008 en la que se declara la "nulidad del juicio y de la sentencia dictada", y dictamina que el juicio debe celebrarse de nuevo.

En la sentencia de la Audiencia de Valencia se destaca que la "tesis del recurso de apelación se basó en la petición de nulidad por falta de fundamentación de la sentencia", y es que considera que hubo una "infracción del principio de presunción de inocencia".

Por otra parte, el documento señala que la inmediación supone la potenciación de la función judicial, y fue otro factor a tener en cuenta a la hora de anular el proceso.

Asimismo, señala en relación al derecho a juicio sin dilaciones indebidas, "que hay que decir que es verdad que el incumplimiento de los plazos prescritos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, constituye una irregularidad y una anomalía procesal".

Pero añade que ese simple incumplimiento no es suficiente para constituir una vulneración de los derechos fundamentales.

viernes, 25 de enero de 2008

Hoja informativa del STAPV-Iv : El personal de justicia transferido a la Generalitat Valenciana continuará a la cola en materia retributiva.


Las negociaciones llevadas a cabo durante los años 2006 y 2007 en los diferentes territorios han supuesto subidas retributivas muy desiguales por lo que respecta a los complementos autonómicos. De esta manera se está dibujando un mapa en el que cada vez se acentúan mas las diferencias retributivas entre las comunidades autónomas del estado, incluyendo las que dependen del Ministerio de Justicia.

Así, si el País Vasco, junto a Navarra y Cataluña, fueron los que dieron el primer paso, y los primeros en ver aumentada sustancialmente su nómina durante el año 2007, la Comunidad de Madrid ha sido la última y puede ser que sea el mejor de los acuerdos firmados hasta el momento, sobre todo a medio y largo plazo. No obstante hay comunidades, como la propia Navarra, Canarias o Galicia que tienen pendiente la negociación del 2009 lo que hará variar su posición respecto al resto.

La tabla siguiente refleja la diferencia retributiva del personal al servicio de la Administración de Justicia de los territorios con transferencias asumidas. Están ordenadas según las cuantías a cobrar durante el año 2008 y se muestra la retribución media aproximada (cuerpo de Tramitación) incluyendo diferentes conceptos como mejoras adicionales y/o productividad.



(*) El acuerdo de la Comunidad de Madrid es para 4 años, y prevé una subida de 75€ en 2010 y 90€ más en 2011.
(**) El acuerdo de Valencia también es para 4 años, ya que incluye una cláusula de compromiso de los sindicatos firmantes de no pedir ningún incremento retributivo durante el resto de la legislatura (hasta el 2011) por aquellos conceptos que son competencia de la Generalitat.

Al margen de las diferencias sindicales y de los desacuerdos habidos entre las organizaciones de distintos territorios, hay que recordar que en la mayoría de las comunidades autónomas se han producido campañas de movilizaciones y huelgas para fortalecer el posicionamiento de los trabajadores y trabajadoras, y por tanto de sus representantes, y son precisamente estos trabajadores y trabajadoras quienes más han visto recompensadas sus reivindicaciones. En nuestro territorio, como recordaréis, se produjo todo lo contrario: una auténtica desmovilización que frustró nuestras legítimas aspiraciones.

UN TRIBUNAL SUSPENDE UN JUICIO PORQUE NO HAY POLICIAS PARA SUBIR AL REO DEL CALABOZO

Pasaban 50 minutos del mediodía, hora prevista para comenzar el juicio, cuando el presidente del tribunal decidió suspender la vista que se iba a celebrar por el atraco a mano armada en una joyería de Valencia ante la ausencia de uno de los dos acusados, que cumple prisión prisión provisional.
Regina Laguna, ValenciaEl motivo: no había suficientes policías en la Ciudad de la Justicia para trasladar al reo desde los calabozos, ubicados en el sótano del edificio, hasta la sala de vistas. Visiblemente indignado, el presidente de la sección segunda de la Audiencia Provincial declaró públicamente ante la fiscal, los abogados, un acusado, familiares, estudiantes de derecho en prácticas y medios de comunicación que iba a protestar ante la Delegación de Gobierno y el Jefe Superior de la Policía.Y así lo hizo. Antes de las tres de la tarde, la secretaría de la sección segunda de la Audiencia Provincial emitía un oficio de protesta dirigido al Jefe Superior de la Policía, Carlos Rubio, y otro al Delegado del Gobierno, Antoni Bernabé. Ambos idénticos.El escrito dejaba patente la situación que se produjo ayer y que, según manifestó el magistrado, José María Tomás y Tío, ha ocurrido otras veces. El magistrado abandonó la sala con muestras de enfado porque "parece como si la falta de efectivos de la policía nos delimite los señalamientos de los juicios". El oficio explica que, a las 12 horas, "como quiera que uno de los acusados se encuentra en prisión provisional, se ha contactado con los calabozos, manifestándonos personal adscrito a los mismos que carecía de efectivos suficientes para trasladar y custodiar dicho preso en la sala".El escrito sigue relatando que, tras esperar 50 minutos y no verificarse el traslado, "no ha quedado más remedio que suspender una causa en la que un ciudadano se encuentra en situación de prisión provisional, con el consiguiente perjuicio" que le ocasiona al preso y "a su letrado venido desde Madrid, a los testigos convocados y a su familia, que confiaba en la pronta resolución del procedimiento". Perjuicio para la JusticiaA continuación, expone el "perjuicio que se produce para la Administración de Justicia y otros organismos de la Administración que deben poner de nuevo en marcha todo el operativo necesario para que el juicio se celebre en otra fecha y con todas las garantías". Por último, el magistrado Tomás y Tío, como presidente del tribunal, les recuerda que "la situación producía es reiteración de lo ocurrido en ocasiones anteriores" y, por ello, reclama "una solución urgente" y que "se adopten las medidas oportunas que impidan su reproducción en evitación de otras medidas más gravosas". Los funcionarios de éste y otros juzgados aseguraron que no es la primera vez que se suspende un juicio o se retrasa porque no hay suficientes policías para subir a un acusado por el ascensor que comunica los calabozos con las salas de vista.
http://www.levante-emv.com/secciones/noticia.jsp?pRef=3794_19_398631__ComunitatValenciana-tribunal-suspende-juicio-porque-policias-para-subir-calabozo

sábado, 19 de enero de 2008

MUGEJU, ACTUALIZACIÓN PRESTACIONES SANITARIAS COMPLEMENTARIAS (BOE 18-1-08)

MINISTERIO DE JUSTICIA
Mutualidad General Judicial. Prestaciones.- Resolución de 27 de diciembre de 2007, de la Gerencia de la Mutualidad General Judicial, por la que se modifica parcialmente la Circular n.º 73, en relación con las ayudas económicas para prestaciones dentarias, oftalmológicas y otras prestaciones sanitarias complementarias.
Más... (2008/00953)
PDF (2008/00953; 6 págs. - 224 KB.)

Funcionarios de los juzgados toman declaración sin la presencia del juez

Trabajadores de los órganos judiciales de Instrucción se ven abocados a hacer los interrogatorios pese a que "excede nuestras competencias y es ilegal"


Funcionarios de alguno de los nueve juzgados de Instrucción del Palacio de Justicia de Alicante en numerosas ocasiones se ven obligados a tomar declaración a acusados y testigos sin la presencia del juez y del secretario judicial, responsabilidad que consideran que "excede nuestras competencias y además es ilegal". Fuentes judiciales consultadas por este diario confirmaron que se trata de una práctica habitual que "ocurre en todos los juzgados, en los de Alicante y en los de cualquier provincia española", si bien admitieron que "con la ley en la mano no se puede hacer". De hecho, aunque estas fuentes no tienen constancia de que hasta ahora nadie lo haya reclamado en Alicante, cualquiera que preste declaración sin que esté el juez y el secretario judicial, que es el encargado de levantar acta, podría exigir la nulidad de la misma, según las citadas fuentes.En el encabezamiento de las declaraciones transcritas figura siempre que es el juez quien las ha tomado, teniendo que dar fe de ello el secretario judicial, recuerdan los funcionarios afectados. Estos trabajadores afirman que la responsabilidad de los interrogatorios no les corresponde, ya que "en primer lugar no tenemos por qué saber lo que hay que preguntar y, en segundo, tenemos que compatibilizar esta tarea con las que nos son propias, como tramitar los procedimientos, las citaciones y atender el teléfono, entre otras". Esto provoca, apuntan, que muchas veces tengan que prolongar su jornada laboral más allá de su horario habitual sin compensación alguna.No obstante, varios empleados de otros órganos judiciales de Instrucción aseguraron que el juez sí está presente siempre, no así en el caso del secretario judicial. Preguntada sobre esta problemática, la juez decana de Alicante, Montserrat Navarro, señaló a este diario que normalmente es el juez quien practica los interrogatorios, aunque admitió que en ocasiones son los funcionarios los que los llevan a cabo, pero esto ocurre en casos por faltas o delitos leves y con el objetivo de agilizar los procedimientos. En los procesos seguidos por hechos de mayor calado es el titular del juzgado quien atiende a los implicados, indicó la decana, quien precisó que "en cualquier caso siempre que el abogado o el propio acusado o testigo requiera la presencia del juez, éste acude".Al respecto, fuentes del Palacio de Justicia de Benalúa hicieron hincapié en que, dado el volumen de trabajo que soportan los juzgados de Instrucción, si el juez y el secretario judicial tuvieran que asistir a todas las declaraciones "el colapso sería todavía peor del que ya existe". "Si se quiere trabajar con rigor absoluto, con los medios que hay, es imposible sacar el trabajo adelante", enfatizaron. En el caso de los secretarios judiciales, ellos tienen que estar presentes, por ejemplo, en los registros domiciliarios a fin de levantar acta, por lo que su asistencia a los interrogatorios a veces es imposible, precisaron las citadas fuentes. Otra reclamación del personal de estos juzgados es que cuando tienen que tomar declaraciones sin el juez lo hacen en sus propias mesas, sin apenas espacio físico y, sobre todo, sin privacidad alguna. "Por aquí pasa gente continuamente y no tienen por qué enterarse de lo que dicen quienes declaran", se quejan estos funcionarios
http://www.diarioinformacion.com/secciones/noticia.jsp?pRef=2292_12_713665__ALICANTE-Funcionarios-juzgados-toman-declaraciones-este-juez

jueves, 17 de enero de 2008

NUEVO CONCIERTO DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL CON EL BBVA

Condiciones de servicios y productos bancarios:
periodo del 1 de enero al 30 de junio de 2008

Concierto con el BBVA

LA FALTA DE PERSONAL EN EL REGISTRO DEMORA MAS DE SEIS MESES LOS TRAMITES DE BODA EN SAGUNT

Los juzgados aseguran que las gestiones matrimoniales tienen prioridad

Tramitar una boda amenaza con convertirse en un auténtico suplicio en Sagunt. Al menos, así lo sienten muchas de las parejas que acuden hasta las dependencias del registro civil de los juzgados de instrucción de la capital del Camp de Morvedre y descubren que la tramitación de su expediente puede demorarse más de seis meses.
Arturo Fadón es uno de los afectados. Previsoramente acudió hasta las dependencias judiciales el pasado 2 de noviembre con el objetivo de casarse el próximo 2 de mayo. Sin embargo, según reconoce, se muestra escéptico ante la posibilidad de cumplir los plazos que se había marcado. "Me dijeron que tienen problemas de personal y que no será posible", comenta. De hecho, tal y como destaca, "hay gente que inició los trámites en verano para poder casarse a final de año y no lo han podido hacer". No en vano, "el número de expedientes pendientes de tramitar se sitúa entre los setenta u ochenta", comenta Fadón.
Esta falta de personal era reconocida por los portavoces judiciales que, sin embargo, rechazaron que se esté viviendo una situación de retrasos anómalos en los juzgados saguntinos. Más aún, desde el gabinete de prensa del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) se destaca que existen instrucciones concretas para dar prioridad a los expedientes matrimoniales con el fin de causar los menores contratiempos posibles a los ciudadanos. No obstante, reconocen que a veces se produce malestar porque algunas parejas acuden hasta el juzgado con los salones de bodas contratados y una vez allí descubren que no pueden cuadrar las fechas con las de los trámites administrativos del juzgado. En cualquier caso, consideran que estas circunstancias no son achacables a los juzgados. Sin embargo, admiten que algunos expedientes especiales, como los que afectan a matrimonios mixtos con extranjeros, pueden prolongarse dados los trámites requeridos.

sábado, 12 de enero de 2008

STAPV-IV RECURRE EL ACUERDO POR EL QUE LOS FUNCIONARIOS DE JUSTICIA DESTINADOS EN LA COMUNITAT VALENCIANA COBRAN MENOS INCREMENTO DE LA PAGA EXTRA

El recurso se basa en que los criterios retributivos son iguales para todos los Funcionarios de la Administración de Justicia independientemente del destino. Art. 519 LOPJ.
Comunicado de STAPV-IV sobre la paga extra en Valencia:

El STAPV-Iv recurre el acuerdo por el que cobramos menos en la paga extra que nuestros compañeros del resto del estado.
Como consecuencia del acuerdo firmado el 15 de mayo por los sindicatos “representativos”, los
Funcionarios al Servicio de la Administración de Justicia destinados en nuestra comunidad cobramos menos que en el resto del Estado, regulando cantidades ya establecidas por acuerdo del Consejo de Ministros y publicadas (Orden Pre/530/2007, BOE 10 de marzo de 2007).
A pesar de informar en la Mesa General de negociación de 12 de enero de 2007, a instancias del STAPV-Iv, que era “competencia del gobierno estatal” el establecimiento de la cuantía de la paga adicional, como si que fue establecida en esa misma reunión para Sanidad, Educación y la Administración del Consell, la Conselleria firmo un acuerdo rebajando las cantidades aprobadas contradiciendo sus propias afirmaciones e invadiendo competencias propias del Estado, como era reconocido en la mesa antes señalada.
Comentario aparte merece el papel de nuestros representantes en la mesa de negociación, al rubricar un acuerdo que supone una rebaja de las cuantias ya fijadas por el gobierno y aplicadas en todo el territorio nacional, ya que las retribuciones a la que se hace referencia son retribuciones basicas y deben ser las mismas, independientemente del territorio al que este destinado.
El STAPV-Iv, no consentira que los funcionarios judiciales destinados en nuestra Comunidad sean discriminados respecto a otros territorios del Estado, como asi ocurre en los Juzgados de Violencia contra la mujer, respecto a las sustituciones entre los diferentes cuerpos, formación, regulación y oferta de comisiones de servicio, bolsas de trabajo, retribuciones sobre prolongaciones de jornada, etc.

http://justicia.250free.com/info/STAPVextra1207.pdf219.30/

miércoles, 2 de enero de 2008

VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS

INSTRUCCIÓN de 15/11/07, por la que se regula el régimen de vacaciones, permisos y licencias del personal de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, de Auxilio Judicial y Médicos Forenses. (modelo permiso)
Instrucción

CSI-CSIF, CCOO Y UGT-PV RENUNCIAN A RECLAMAR AUMENTOS RETRIBUTIVOS HASTA EL 2011

Tras la publicación del acuerdo firmado el día 26 de diciembre se consuma la renuncia de los sindicatos presentes en la mesa de negociación, tal y como así se señala en su apartado 4º del acuerdo publicado en el DOCV el pasado día 27 de diciembre de 2007 ( no era el día de los inocentes)

ACUERDO de 21 de diciembre de 2007, del Consell, por el que se aprueba el Acuerdo de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas y los representantes de las centrales sindicales integrantes de la Mesa Sectorial de Justicia sobre incrementos lineales mensuales sobre las cuantías que en la actualidad percibe cada funcionario por los conceptos de complemento autonómico transitorio y complemento de productividad. [2007/15576] (pdf 224KB)